Decreto 22/2013, de 30 de abril, de primera modificación del Decreto 237/2007, de 31 de agosto, por el que se determina la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Comunicación Institucional y el procedimiento para la tramitación de la acción de cesación o rectificación. [Cód. 2013-08668]

Fecha de Entrada en Vigor29 de Mayo de 2013
SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

La Ley del Principado de Asturias 6/2006, de 20 de junio, de Comunicación y Publicidad Institucionales, regula la comunicación y publicidad institucional, extendiendo su ámbito de aplicación a toda comunicación institucional promovida o contratada como campaña o fuera de ella, para difundir sistemáticamente un mensaje común a una pluralidad de destinatarios, a través de un soporte publicitario pagado o cedido, o de cualquier otra forma, por órganos de los sujetos previstos en la misma.

Igualmente, esta Ley establece los principios a los que debe someterse la comunicación institucional y el marco jurídico en el que debe desarrollarse, teniendo en cuenta su doble vertiente: por un lado, como cauce de transmisión de los mensajes que los poderes públicos transmiten a los ciudadanos y ciudadanas con el fin de satisfacer sus necesidades e intereses, facilitar el ejercicio de sus derechos y promover el cumplimiento de sus deberes; por otro, como mecanismo de transmisión de los mensajes necesarios que coadyuven a la promoción de la libertad y la igualdad, así como a facilitar la participación de la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social, tal como prevé el artículo 9.2 de la Constitución Española.

Por otra parte, para velar por la adecuación de la comunicación institucional a la legalidad, dicha ley crea la Comisión de Comunicación Institucional, como órgano de asesoramiento y garantía de los principios y normas contenidos en ella y prevé, específicamente, la acción de cesación o de rectificación como medida de reacción frente a la publicidad institucional que vaya en contra de lo dispuesto por la misma.

Dicha Comisión es regulada en el Decreto 237/2007, de 31 de agosto, que determina la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Comunicación Institucional y el procedimiento para la tramitación de la acción de cesación o rectificación, disponiendo en su artículo 4 que el Pleno estará compuesto además de por la Presidencia, Vicepresidencia y la persona titular de la Secretaría, por los siguientes vocales: una persona en representación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR