Decreto 36/2001, de 29 de marzo, por el que se sustituye para el año 2002 una de las fiestas de ámbito nacional por el día 9 de septiembre, siguiente a la fiesta regional del 8 de septiembre, Día de Asturias.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, vigente en sus preceptos relativos a las fiestas laborales, establece en su artículo 45, apartado Tres, que corresponde a las Comunidades Autónomas optar entre la celebración de la Fiesta de San José o la de Santiago Apóstol en sus respectivos territorios, previniendo a su vez el párrafo segundo del citado apartado que las Comunidades Autónomas pueden sustituir todas o alguna de las tres fiestas de ámbito nacional relacionadas en el apartado Uno, letra d) de este precepto -jueves santo, 6 de enero y la resultante de ejercer la opción indicada-, por las que sean propias de la Comunidad Autónoma.

La Ley del Principado de Asturias 5/1984, de 28 de junio, por la que se instituye el Día de Asturias, declara la fecha del 8 de septiembre, a todos los efectos, como fiesta de carácter regional, por lo que procede sustituir una de las tres fiestas de ámbito nacional por dicha fiesta del Día de Asturias, eligiendo a estos efectos la fiesta que resultaría de ejercitar la opción entre el día 19 de marzo, San José, o el 25 de julio, Santiago Apóstol.

Toda vez que en el año 2002, el día 8 de septiembre coincide con un domingo, procede su traslado al lunes inmediatamente posterior, día 9 de septiembre, de conformidad con los criterios contenidos en el artículo 37.2, párrafos segundo y tercero del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud, a propuesta de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR