RESOLUCION de 21 de mayo de 2004, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se aprueban las bases que regulan el procedimiento de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para cursar los ciclos formativos de grado superior de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño en el Principado de Asturias, para el curso 2...

SecciónI - Principado de Asturias
Emisorde Allande
Rango de LeyResolución

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, establece, en su artículo 48, que será posible acceder a los ciclos formativos de los grados medio y superior de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño sin cumplir los requisitos académicos exigidos para cada caso, siempre que el aspirante demuestre tener tanto los conocimientos y aptitudes propios de la etapa educativa anterior como las habilidades específicas necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

Los Reales Decretos por los que se establece el currículo y se determina la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior de Artes Plásticas de cada familia, a saber, Real Decreto 2483/1994, de 23 de diciembre (BOE de 7 de febrero) para la familia de Artes Aplicadas de la Escultura; el Real Decreto 340/1998, de 6 de marzo (BOE de 26 de marzo), de la familia de Diseño Gráfico; el Real Decreto 657/1996, de 19 de abril (BOE de 14 de mayo), de la familia Artes Aplicadas al Libro; el Real Decreto 1537/1996, de 21 de junio (BOE de 7 de septiembre), de la familia de Diseño de Interiores, establecen las normas para la distribución de plazas disponibles en cada ciclo.

El Real Decreto 366/1997, de 14 de marzo, por el que se regula el régimen de elección de centros y de admisión del alumnado en centros sostenidos con fondos públicos, determina en su disposición adicional primera que la admisión en los centros respectivos para cursar los distintos grados o niveles de las enseñanzas artísticas previstas en el capítulo primero del título II de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, se regirá por las normas específicas que, de acuerdo con lo dispuesto en la citada Ley, regulen el currículo, los criterios de ingreso y las pruebas de acceso a cada una de las enseñanzas.

Transferidas las competencias en materia de educación a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, ésta ha aprobado el Decreto24/2004, de 25 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes no universitarios públicos y privados concertados.

Dicho Decreto establece en su disposición adicional segunda que el mismo será de aplicación en la admisiónde alumnos y alumnas en los centros que imparten enseñanzas de régimen especial, sin perjuicio de lo que se establezca al respecto en su normativa...

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