DECRETO 70/2006, de 29 de junio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la iglesia de Santo Tomás de Canterbury, en el concejo de Avilés.
Sección | I - Principado de Asturias |
Emisor | de Vegadeo |
Rango de Ley | Decreto |
El templo de Santo Tomás de Canterbury es una iglesia románica emplazada en el centro del antiguo pueblo de pescadores de Sabugo, en la actual plaza del Carballo de Avilés.
Su construcción se inició en las primeras décadas del siglo XIII. La constatación de la importancia histórica y artística de esta iglesia llevó a la entonces Dirección General de Patrimonio Artístico, Archivos y Museos del Ministerio de Cultura a incoar, con fecha 8 de julio de 1980, el expediente administrativo para su declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento.
El citado expediente fue tramitado inicialmente por esta Consejería de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha ley, modificado por Real Decreto 64/1994, de 21 de enero.
La aprobación de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, determinó que, en virtud de la disposición transitoria primera, el expediente continuase su tramitación conforme a lo establecido en la nueva normativa. En aplicación de esta legislación, se aprobó una nueva Resolución, con fecha 13 de mayo de 2005, por medio de la cual se procedió a delimitar un entorno de protección provisional para la iglesia de Santo Tomás.
Se cuenta con informes favorables a esta declaración de la Real Academia de la Historia, de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y de la...
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