Resolución de 30 de septiembre de 2015, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueba la primera modificación de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a la inserción laboral de las personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo del Principado de Asturias aprobadas por Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de 26 de agosto de 2013 (BOPA de 30 de septiembre). [Cód. 2015-14845]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Antecedentes

I

El artículo 3.2 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, dispone, de conformidad con la Constitución y los Estatutos de Autonomía, que corresponde a las Comunidades Autónomas, en su ámbito territorial, el desarrollo de la política de empleo y de los programas y medidas que les hayan sido transferidas.

La citada Ley de Empleo, en su artículo 4 bis.4 establece asimismo seis Ejes en materia de políticas de activación para el empleo, cuyo Eje 3, oportunidades de empleo, incluye las actuaciones que tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo, especialmente para aquellos colectivos que tienen mayor dificultad en el acceso o permanencia en el empleo, con especial consideración a la situación, entre otras, de las personas con discapacidad. En la misma línea se pronuncia la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, aprobada por Real Decreto 751/2014, de 5 de septiembre, al amparo del artículo 3.1 de la Ley de Empleo.

II

Por Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de 26 de agosto de 2013 (BOPA 30 de septiembre), fueron aprobadas las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a la inserción laboral de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo del Principado de Asturias, dictadas al amparo del Reglamento CE n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (Reglamento general de exención por categorías DOUE L214 de 9 de agosto de 2008) en tanto incluidas en el supuesto del artículo 41 del citado Reglamento.

Comunicadas las mismas con una duración prevista de hasta el 31/12/2015, son objeto de publicación en el DOUE de 7 de febrero de 2014.

La vigencia del Reglamento 800/2008, inicialmente prevista hasta el 31 de diciembre de 2013, fue prorrogada hasta el 30 de junio de 2014, si bien en Disposición transitoria, el propio Reglamento establece que a su término los regímenes de ayuda exentos en su virtud, seguirán estándolo durante un período de adaptación de seis meses.

Finalmente, el Reglamento 800/2008 es derogado por el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (Reglamento general de exención por categorías, DOUE L 187 de 26 de junio de 2014), cuyo Reglamento entra en vigor el 1 de julio de 2014.

Sin perjuicio de que el contenido de las citadas Bases reguladoras se adapta a las previsiones del nuevo Reglamento, puesto que el artículo 33 del vigente Reglamento 651/2014 es de contenido coincidente con el artículo 41 del derogado Reglamento 800/2008, la seguridad jurídica aconseja que tal conformidad sea expresamente declarada, situando a las Bases reguladoras aprobadas por Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de 26 de agosto de 2013, bajo la cobertura del Reglamento (UE) n.º 651/2014.

En consecuencia, teniendo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y Sector Público, de la Intervención del Principado de Asturias y de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Empleo, se modifican las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a la inserción laboral de las personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo del Principado de Asturias aprobadas por Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de 26 de agosto de 2013 (BOPA 30 de septiembre).

Fundamentos de derecho

La Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo; la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el Decreto del Principado de Asturias 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de concesión de subvenciones.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, mencionados y que son de aplicación, se eleva la siguiente

Resolución

Primero.—Aprobar la modificación de las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a la inserción laboral de las personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo del Principado de Asturias aprobadas por Resolución de la Consejería de Economía y Empleo de 26 de agosto de 2013 (BOPA 30 de septiembre), en el sentido de sustituir la Base primera, la Base segunda, la Base tercera en su apartados tercero y cuarto, la Base quinta en su apartado quinto, la Base séptima y la Base décima, por las que se incorporan como anexo a la presente Resolución.

Segundo.—Disponer la entrada en vigor de la presente disposición al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 30 de septiembre de 2015.—El Consejero de Empleo, Industria y Turismo, Francisco Blanco Ángel.—Cód. 2015-14845.

Primera MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LA...

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