Resolución de 27 de julio de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos del Principado de Asturias para la ejecución de Planes de Empleo en el marco de los itinerarios integrados de activación en el ámbito local. [Cód. 2017-08797]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Antecedentes

I

El artículo 3.2 del texto refundido de la Ley de Empleo aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre dispone, de conformidad con la Constitución y los Estatutos de Autonomía, que corresponde a las Comunidades Autónomas, en su ámbito territorial, el desarrollo de la política de empleo, el fomento del autoempleo y la ejecución de la legislación laboral y de los programas y medidas que les hayan sido transferidas.

El artículo 4 del citado texto legal establece que las políticas de empleo, en su diseño y modelo de gestión, deben tener en cuenta su dimensión local para ajustarse a las necesidades del territorio, de manera que favorezcan y apoyen las iniciativas de generación de empleo en el ámbito local. En tal sentido, los servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas, en ejecución de las acciones y medidas de políticas activas, podrán establecer los mecanismos de colaboración oportunos con las entidades locales.

Asimismo, la citada Ley de Empleo, en su artículo 10.4 establece seis ejes en materia de políticas de activación para el empleo, cuyo Eje 3, oportunidades de empleo, incluye las actuaciones que tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo, especialmente para aquellos colectivos que tienen mayor dificultad en el acceso o permanencia en el empleo. En la misma línea se pronuncia la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, aprobada por Real Decreto 751/2014, de 5 de septiembre, al amparo del artículo 3.1 de la Ley de Empleo.

II

El acuerdo para la competitividad económica y la sostenibilidad social (Concertación social Asturias 2016-2019) firmado por el Gobierno del Principado de Asturias, UGT Asturias, CCOO de Asturias y Federación Asturiana de Empresarios prevé entre sus medidas continuar con programas como los planes de empleo para parados de larga duración o personas en situación de exclusión social que se concebirán como instrumentos de inclusión social que combinen empleo y orientación, manteniendo los criterios de asignación por municipios y reservando un porcentaje de los mismos para mayores de 45 años priorizando la contratación de mayores de 52 años y mujeres víctimas de violencia de género, tal y como se recogerá en las correspondientes convocatorias. Las obras y servicios a desarrollar por los Ayuntamientos se orientarán hacia actividades de interés social en el ámbito de la Comunidad Autónoma. Por último, establece que se garantizará la presencia de las organizaciones firmantes en la planificación, criterios de selección y seguimiento y control de los planes de empleo, con pleno respeto de las competencias municipales.

III

Las presentes bases tienen como precedentes sendas resoluciones de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo de 24 de junio de 2015 y de 1 de septiembre de 2016, en las que se regulaba la concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado de Asturias con destino a los Planes de Empleo. En el primer caso se trataba de medidas orientadas a la inserción laboral de los parados de larga duración, así como personas en situación de exclusión social, diseñadas para atender a la prioridad de inversión 8.1 del Programa Operativo del Fondo Social Europeo del Principado de Asturias 2014-2020: “Acceso al empleo por parte de los demandantes de empleo y de las personas inactivas, incluidos los desempleados de larga duración y las personas alejadas del mercado laboral, así como las iniciativas de empleo locales y el fomento de la movilidad laboral”. Por su parte, las segundas incorporaron un conjunto de medidas orientadas a la prioridad de inversión 9.1 del citado programa operativo para Asturias: “formación para colectivos en situación o riesgo de exclusión social e itinerarios integrales de activación en el ámbito local”.

La bases de 2015 se centraban en la implementación de medidas a la contratación y en las de 2016, percibiéndose la necesidad de complementar las ayudas a la contratación con otra serie de medidas, se realizó especial hincapié en la elaboración de un itinerario integrado del que forma parte la contratación, persiguiendo la activación del desempleado de larga duración, concibiendo el itinerario desde una perspectiva dinámica, como una vía profesional que se desarrolla durante toda la vida activa de los trabajadores.

Manteniendo los fines perseguidos en ambas resoluciones, y atendiendo al mismo tiempo las recomendaciones tanto de los agentes sociales como de las propias Administraciones Públicas implicadas en las mismas, así como al mandato del artículo 129 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, resulta necesario elaborar unas bases reguladoras que sustituyan a las anteriores con el fin de matizar con más claridad los requisitos exigibles a los beneficiarios, así como establecer con nitidez las formas de acreditar su cumplimiento con eficacia y facilitar de ese modo, eficientemente tanto la gestión como el control de las mismas proporcionando un marco coherente con el principio de transparencia y seguridad jurídica. Por otro lado, la intensidad de las medidas, así como las exigencias que estas imponen a los beneficiarios, son proporcionales al impacto final perseguido.

Así pues, en virtud de los principios de necesidad y eficacia, las bases propuestas encuentran su justificación en la necesidad de establecer medidas para combatir el desempleo, mejorando la empleabilidad de los participantes en los planes de empleo.

Se respeta, asimismo, el principio de seguridad jurídica, ya que son coherentes con el resto de la normativa reguladora de estos programas y, en particular, con la estatal.

En cuanto al principio de proporcionalidad, como se ha señalado antes, se refleja en que tanto la intensidad de las medidas como las exigencias que estas imponen a los beneficiarios, son proporcionales al impacto final perseguido.

En aplicación del principio de transparencia, en relación con el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, puesto en conexión con el artículo 133 de la señalada Ley 39/2015, de 1 de octubre, se procedió a dar publicidad de las presentes bases, para garantizar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las mismas.

También se cumple en las bases propuestas con el principio de eficiencia puesto que no se prevén cargas administrativas innecesarias, sino únicamente las obligaciones precisas para garantizar el mejor uso de los recursos públicos.

En consecuencia con lo expuesto, efectuada la tramitación pertinente, el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias propone que se aprueben las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos del Principado de Asturias para la ejecución de Planes de Empleo en el marco de los Itinerarios integrados de Activación en el ámbito local.

Fundamentos de derecho

La Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo; la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el Decreto del Principado de Asturias 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de concesión de subvenciones.

Vistos los Antecedentes y Fundamentos de Derecho mencionados y que son de aplicación,

RESUELVO

Primero.—Aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos del Principado de Asturias para la ejecución de Planes de Empleo en el marco de los Itinerarios integrados de activación en el ámbito local que se incorporan como anexo a la presente resolución.

Segundo.—Derogar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos del Principado de Asturias para la ejecución de Planes de Empleo aprobadas por Resolución de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo de 1 de septiembre de 2016 (BOPA n.º 209, de 7 de septiembre).

Tercero.—Disponer la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Cuarto.—Las presentes bases entrarán en vigor al día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 27 de julio de 2017.—El Consejero de Empleo, Industria y Turismo, Isaac Pola Alonso.—Cód. 2017-08797

Anexo

BASES REGULADORAS de LA CONCESIÓN de SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DEL Principado de Asturias PARA LA EJECUCIÓN de PLANES de EMPLEO EN EL MARCO de LOS ITINERARIOS INTEGRADOS de ACTIVACIÓN EN EL ÁMBITO LOCAL

Primera.—Objeto.

El objeto de las presentes Bases es regular la concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado de Asturias con destino a la contratación temporal de personas desempleadas consideradas en situación o en riesgo de exclusión social, a través de planes de empleo con el objeto final de facilitar su inserción en el mercado laboral.

Segunda.—Finalidad, cuantía, requisitos y exclusiones.

2.1. Finalidad.

Los Planes de Empleo en el marco de los Itinerarios Integrados de Activación en el ámbito local (en adelante, Planes de Empleo) tienen por finalidad la de promover, a través de su contratación temporal por Ayuntamientos, la inserción laboral de personas desempleadas con especiales dificultades en el ámbito del empleo con el objetivo de favorecer su acceso al mercado de trabajo, combinando empleo y orientación profesional.

Las personas desempleadas incluidas en los Planes de Empleo deberán incorporarse a un itinerario personalizado de inserción en el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, tal y como se describe en el apartado tercero de esta base.

Los Ayuntamientos del Principado de Asturias elaborarán una programación que incluirá las obras y servicios en el marco de los cuales desarrollarán su...

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