Resolución de 26 de octubre de 2015, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias públicas del Programa “Jovellanos” de ayudas para la incorporación y movilidad de titulados universitarios para el desarrollo de actividades de I+D+i en empresas del Principado de Asturias. [Cód. 2015-16188]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

La Consejería de Empleo, Industria y Turismo tiene entre sus competencias, el diseño y gestión de las políticas que potencien la investigación científica, el progreso tecnológico y la actividad innovadora de la región. Entre dichas políticas, uno de los objetivos prioritarios es incrementar y potenciar los recursos humanos dedicados a la I+D+i en el Principado de Asturias.

El Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación (PCTI) 2013-2017 es el marco programático principal de la política de ciencia, tecnología e innovación del Principado de Asturias, siendo el impulso de la innovación su elemento principal. Entre otros, en dicho Plan se señala como objetivo el aumento de la competitividad de las empresas asturianas a través de la innovación. Es necesario que haya más empresas innovadoras, que las que ya innovan lo hagan mejor y con más recursos, y que el tejido empresarial utilice sus resultados para consolidar y mejorar su posicionamiento en general y, especialmente, en los sectores y nichos de mercado donde Asturias cuenta con una posición de partida más favorable y unas mejores perspectivas de crecimiento futuro. Asimismo el PCTI persigue convertir Asturias en un entorno atractivo para innovar. Asturias debe competir por captar los mejores recursos humanos en las áreas científico-técnicas y empresariales que son de carácter estratégico para la región.

En este contexto, el PCTI contempla una serie de acciones e instrumentos relacionados con la incorporación de talento que tienen por objeto apoyar la incorporación de universitarios en las empresas de Asturias con el fin de incentivar el desarrollo de actividades de investigación, desarrollo y/o innovación y fomentar la contratación estable de personal técnico cualificado, así como impulsar la movilidad temporal de los recursos humanos del sector privado a otras empresas o instituciones públicas. La incorporación de doctores obtiene un tratamiento preferencial en términos de condiciones de apoyo.

En este marco se sitúa el Programa “Jovellanos” de ayudas a empresas para cofinanciar la incorporación y movilidad de personal titulado universitario para la ejecución de actividades de I+D+i. Su objetivo es crear los cauces necesarios para que personal altamente cualificado desarrolle su labor profesional en el sector productivo, pretendiéndose: incrementar el número de personas dedicadas a I+D+i; lograr una reorientación eficaz de las mismas, tanto en el contenido de sus cualificaciones como en su posterior desarrollo profesional; y facilitar la movilidad temporal de los recursos humanos del sector privado en otras empresas o en instituciones públicas para la ejecución de actividades de I+D+i.

Por Resolución de 6 de mayo de 2013 (BOPA de 10 de mayo) de la Consejería de Economía y Empleo se aprobaron las bases reguladoras del Programa “Jovellanos” de ayudas a empresas para la incorporación y movilidad de personal titulado universitario para la ejecución de actividades de I+D+i en el Principado de Asturias. Posteriormente, por Resolución de 5 de marzo de 2014 (BOPA de 12 de marzo) de la citada Consejería, se aprobó la primera modificación para adaptar dichas bases reguladoras a la normativa reguladora de mínimis (Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013) y de Fondos Europeos (Reglamentos (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013; y n.º 1301/2013 del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013).

Así las cosas, resulta conveniente en orden a una mejor técnica legislativa y a facilitar el manejo de la norma por las empresas beneficiarias del régimen de ayudas, proceder a una publicación íntegra de su marco regulador, antes que a realizar una nueva modificación parcial que podría dificultar su manejo.

Por todo ello, se propone la aprobación de una nueva disposición en la que se establezcan las bases reguladoras de la concesión de ayudas a empresas para cofinanciar la incorporación y movilidad de personal titulado universitario para la ejecución de actividades de I+D+i en el Principado de Asturias.

Este programa de ayudas podrá ser cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Fundamentos jurídicos

• Artículos 107 y 108 (antiguos 87 y 88 del TCE) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DO L 352, de 24 de diciembre de 2013).

Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.

Reglamento (UE) n.º 1301/2013 del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo.

• Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno.

• Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico del Principado de Asturias.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento.

• Decreto 71/1992, de 26 de octubre, sobre régimen general de concesión de subvenciones.

Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias.

Decreto 6/2015, de 28 de julio, del Presidente del Principado y Decreto 64/2015, de 13 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo.

Haciendo uso de las competencias que me han sido atribuidas por la normativa citada y demás disposiciones de general aplicación, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Aprobar las bases reguladoras de las convocatorias públicas del Programa “Jovellanos” de ayudas a empresas para la incorporación y movilidad de personal titulado universitario para la ejecución de actividades de I+D+i en el Principado de Asturias que figuran como anexo a la presente Resolución.

Segundo.—Esta Resolución deroga la de la Consejería de Economía y Empleo, de 6 de mayo de 2013, por la que se aprobaron las bases reguladoras del Programa “Jovellanos” de ayudas a empresas para la incorporación y movilidad de personal titulado universitario para la ejecución de actividades de I+D+i en el Principado de Asturias (BOPA 10 de mayo), así como su primera modificación de 5 de marzo de 2014 (BOPA 12 de marzo).

Tercero.—La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 26 de octubre de 2015.—El Consejero de Empleo, Industria y Turismo, Francisco Blanco Ángel.—Cód. 2015-16188.

Anexo

BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA “JOVELLANOS” DE AYUDAS PARA LA INCORPORACIÓN Y MOVILIDAD DE TITULADOS UNIVERSITARIOS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE I+D+i EN EMPRESAS DEL Principado de Asturias

  1. —Objeto y régimen de concesión.

    1.1. Es objeto de las presentes bases la regulación de las condiciones a las que habrán de sujetarse las convocatorias del Programa “Jovellanos” de ayudas económicas a empresas del Principado de Asturias para impulsar la contratación de personal titulado universitario destinado a la ejecución de actividades relacionadas con la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, así como para facilitar la movilidad temporal de los recursos humanos del sector privado en otras empresas o en instituciones públicas para la ejecución de actividades de I+D+i.

    Las ayudas se otorgarán bajo la modalidad de subvención y en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de publicidad y objetividad.

    1.2. En todo caso, la concesión de las ayudas quedará condicionada a la disponibilidad presupuestaria. Así, las convocatorias públicas que se aprueben al amparo de las presentes bases, requerirán de la previa autorización del gasto a que se refiere el artículo 41 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio (en adelante TREPPA).

    Las presentes ayudas podrán ser cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

    1.3. El otorgamiento de las ayudas se regirá por las condiciones establecidas en el Reglamento 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DO L 352/8, de 24 de diciembre de 2013), no pudiendo las empresas beneficiarias obtener ayudas acogidas al régimen de mínimis cuyo importe acumulado supere los 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, límite que se reduce a 100.000 euros para las empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera.

    Estos límites se aplicarán independientemente de la forma de la ayuda de mínimis o del objetivo perseguido e indistintamente de si la ayuda concedida por el Estado miembro está financiada total o parcialmente mediante recursos de origen comunitario.

    En el artículo 1 del citado Reglamento de mínimis, se señala que el mismo se aplicará a las ayudas concedidas a las empresas de todos los sectores, con las excepciones que en el mismo se señalan.

    1.4. Quedan también...

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