Resolución de 26 de febrero de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana para el período 2018-2020. 

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático que carece de rango normativo en sentido estricto. No tiene incidencia directa en la esfera de los particulares y no crea derechos ni obligaciones. Su efectividad queda condicionada a la ejecución de las distintas líneas de subvención, en los términos que el mismo contempla, y a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la planificación se elevó a la categoría de principio general de la actividad subvencional, sumándose a los tradicionales de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, y a los que se añaden dos principios más: La eficacia en el cumplimiento de objetivos y la eficiencia en la asignación y utilización de recursos. El artículo 8.1 de la citada ley dispone, con el carácter de legislación básica, que previamente al establecimiento de subvenciones, las Administraciones Públicas deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretendan con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Desde otro contexto; la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en su artículo 6.2, establece la obligación de publicar, tanto el Plan, como los informes de revisión del mismo, permitiendo así, dar a conocer a los ciudadanos el uso que se hace de los recursos públicos.

En los escenarios presupuestarios vigentes, el Plan se elabora tratando de maximizar los beneficios de los recursos con que se cuenta, destinándose las subvenciones a aquellas áreas o actividades que constituyen el ámbito material de las competencias atribuidas a la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana.

El Plan estratégico de subvenciones se estructura en tres partes: una primera dedicada a las subvenciones otorgadas en régimen de concurrencia competitiva, otra segunda a las concedidas de forma directa y la última a las subvenciones nominativas. Dicho plan abarca, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las subvenciones tanto de la Consejería como de los organismos y entes públicos vinculados a ésta.

Se prevé un período de vigencia de tres años, abarcando el período 2018-2020, sin perjuicio de las modificaciones que puedan realizarse en el plan de acuerdo con la legislación vigente. Con ello, se refuerza el carácter programático de estos planes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.4 del citado Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Por último, el contenido del plan se ajusta a lo exigido en el artículo 12.1 de dicho Reglamento, explicitándose para cada línea de subvención, entre otros aspectos, los objetivos y efectos que se pretenden conseguir, costes previsibles para su realización, plan de acción, régimen de seguimiento mediante un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos perseguidos, así como la referencia a los resultados de evaluación de los planes estratégicos anteriores.

En el expediente de elaboración de este Plan, consta informe de la Secretaría General Técnica de fecha 1 de febrero de 2018, así como informe de la Dirección General de Presupuestos de 22 de febrero de 2018.

En atención a lo anteriormente expuesto, a propuesta conjunta de los titulares de las Direcciones Generales adscritas a la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana,

RESUELVO

Primero.—Aprobar el Plan Estratégico de subvenciones de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana para el período 2018-2020, desarrollando en el anexo I aquellas subvenciones que se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, en el anexo II las concedidas de forma directa y en el anexo III las nominativas.

Segundo.—El presente Plan se circunscribe a aquellas actuaciones que se desarrollarán durante los ejercicios 2018, 2019 y 2020, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

Tercero.—Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 26 de febrero de 2018.—El Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana, Guillermo Martínez Suárez.—Cód. 2018-02235.

Anexo I

SUBVENCIONES EN RÉGIMEN de CONCURRENCIA COMPETITIVA DIRECCIÓN GENERAL de PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Servicio 1. Programa presupuestario 126F: Publicaciones, archivos y documentación

Objetivos estratégicos: Proporcionar a las personas beneficiarias la puesta en práctica de sus conocimientos en asuntos relacionados con la Unión Europea, facilitando su acceso al mercado laboral.

1) Programa de Becas de colaboración en materia de Asuntos Europeos.

Objeto de la subvención: Concesión de dos becas de colaboración, una con destino en la Oficina de Asuntos Europeos del Principado de Asturias en la Representación Permanente de España ante la Unión Europea, en Bruselas y otra en la Oficina de Asuntos Europeos del Principado de Asturias en Oviedo.

Objetivos y efectos que se pretenden conseguir con la subvención: Proporcionar a las personas beneficiarias la posibilidad de poner en práctica los conocimientos adquiridos durante sus estudios, realizando prácticas de aprendizaje de tareas administrativas y de secretariado y familiarizándose, asimismo, en asuntos relacionados con el funcionamiento de la Unión Europea en general y de sus instituciones en particular. Facilitar el acceso al mercado laboral.

Sector al que se dirige la ayuda: Personas físicas que reúnan los requisitos exigidos en las bases y en la convocatoria.

Costes previsibles para su realización:

2018: 20.000 €.

2019: 20.000 €.

2020: 20.000 €.

Fuentes de financiación: Presupuestos Generales del Principado de Asturias.

Plazo de Ejecución: Anual.

Plan de acción:

— Calendario: convocatoria única. Se prevé su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias durante el primer semestre de cada año.

— Requisitos para concurrir:

  1. Poseer una titulación universitaria superior. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no públicos deberán estar homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

  2. Tener residencia en el territorio del Principado de Asturias, y estar empadronado en uno de sus concejos con un año de antelación al último día de presentación de solicitudes.

  3. Conocimiento suficiente de los idiomas inglés y francés (mínimo B2).

  4. No haber sido adjudicatario de esta beca en convocatorias anteriores.

  5. No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS).

    — Forma de pago: Con carácter mensual.

    — Forma de justificación: Justificación de la labor realizada el mes anterior a aquel en que se abone.

    Líneas básicas de las bases reguladoras: Las subvenciones de referencia solamente dispondrán de una línea, destinada a subvencionar los gastos derivados de la colaboración con la Administración del Principado de Asturias.

    Asimismo, en las bases se regulan aspectos de las mismas, como pueden ser el procedimiento de tramitación (incluyendo los parámetros de valoración de las solicitudes) y la resolución de la convocatoria. Procederá la revocación y, en su caso, reintegro total o parcial de las cantidades percibidas, cuando con carácter general concurran las causas de reintegro definidas en el artículo 37 de la LGS y en particular cuando se incumplan las obligaciones contenidas en estas bases o las condiciones impuestas en la resolución de concesión de la subvención.

    Las bases fueron aprobadas mediante Resolución de 28 de marzo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, de becas de colaboración con destino en las Oficinas de Asuntos Europeos del Principado de Asturias de Oviedo y de Bruselas. (BOPA n.º 78 de 4 de abril de 2017).

    Número de convocatorias que colgarán de las bases reguladoras por cada ejercicio: Una.

    Indicadores para el seguimiento y evaluación: Número de proyectos en los que participan las personas seleccionadas; facilita la incorporación al mundo laboral (Si/No).

    Resultados de evaluación en planes anteriores: No constan.

    Dirección General De Justicia

    Servicio 1. Programa presupuestario 141B: Programa Relaciones con la Administración de Justicia

    Objetivos estratégicos:

  6. Prestar la cobertura material necesaria a aquellas entidades que tienen como objeto el conocimiento de la memoria histórica a través de la realización de estudios específicos en la materia.

  7. Facilitar la difusión de la memoria histórica entre la población asturiana, especialmente entre la población estudiantil.

  8. Prestar la cobertura material necesaria a aquellas entidades que realicen actividades directamente relacionadas con la recuperación de la memoria histórica, con el fin de fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones de españoles.

  9. Prestar la cobertura material necesaria a aquellas entidades que tienen como objeto facilitar el conocimiento de los hechos y circunstancias acaecidos durante la Guerra Civil y la Dictadura, asegurando la preservación de los documentos relacionados con ese período histórico, y depositados en archivos públicos.

    1) Actuaciones de memoria histórica.

    Objeto de la subvención: Sufragar gastos derivados de proyectos o iniciativas consistentes en:

  10. La realización y edición de estudios sobre fuentes documentales y su publicación; informes y documentos; testimonios orales, materiales didácticos relacionados que divulguen la Memoria Histórica del Principado de...

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