Resolución de 23 de agosto de 2018, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, por la que se conceden y deniegan ayudas individuales a personas mayores y personas con discapacidad. 

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Examinado el expediente de referencia, resultan los siguientes

Hechos

Primero.—Por Resolución de la titular de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, de fecha 22 de febrero de 2018, se convocaron ayudas individuales a personas mayores y personas con discapacidad (BOPA de 1 de marzo).

Segundo.—Previa tramitación de los expedientes conforme a lo dispuesto en las Bases por las que se rige la citada convocatoria de ayudas individuales a personas mayores y personas con discapacidad, la Comisión de valoración mediante acta, de fecha 11 de julio de 2018, ha elevado propuesta de concesión y denegación de subvenciones a personas mayores y personas con discapacidad.

Tercero.—Vistas las alegaciones y el desistimiento presentado a la propuesta provisional de Resolución, la comisión de valoración emite informe en el que se concreta el resultado de la evaluación efectuada, acompañando acta de la citada Comisión de fecha 16 de agosto de 2018 en la que se detallan las propuestas definitivas de concesión y denegación.

Cuarto.—Que existe crédito adecuado y suficiente por un importe total de 200.000 euros en la aplicación presupuestaria 1603313E484.003 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2017, aprobados por Ley 6/2016, de 30 de diciembre, cuya prórroga durante el ejercicio 2018 se regula por Decreto 91/2017, de 28 de diciembre.

Quinto.—Los beneficiarios han presentado declaración responsable ante la Consejería de Servicios y Derechos Sociales de que se hallan al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, según lo dispuesto en el artículo 24.7 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Asimismo, reúnen el resto de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones y han cumplido con las obligaciones impuestas en el artículo 14 de la citada Ley respecto de las subvenciones concedidas en el ejercicio anterior por cualesquiera de las Administraciones Públicas.

Sexto.—Conforme a lo dispuesto en el art. 44.2 de la Resolución de 16 de mayo de 2005 de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se establece el sistema de información contable de la Administración del Principado de Asturias y su sector público y se aprueban las normas sobre los procedimientos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR