Resolución de 21 de marzo de 2018, de la Consejería de Servicios y Derechos Sociales, por la que se aprueba la modificación de los criterios de adecuación de la renta a las circunstancias económicas y familiares de las unidades de convivencia adjudicatarias de viviendas del Principado de Asturias. 

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho

Primero.—En fecha 30 de mayo de 2013, se publicó en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA número 124) el Decreto del Principado de Asturias 25/2013, de 22 de mayo, por el que se regula la adjudicación de viviendas del Principado de Asturias.

Segundo.—Las viviendas convocadas al amparo del decreto anterior, se adjudicarán en régimen de arrendamiento, debiendo las unidades de convivencia adjudicatarias formalizar el correspondiente contrato de arrendamiento y satisfacer una renta en concepto de alquiler en los términos establecidos en el artículo 17.2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

Tercero.—El citado decreto habilita a la Consejería competente en materia de vivienda para establecer los criterios de adecuación de la renta que deban satisfacer las unidades de convivencia.

Cuarto.—Mediante Resolución de la entonces Consejería de Bienestar Social y Vivienda de 17 de junio de 2013 (BOPA número 153), se establecieron los criterios de adecuación de la renta a las circunstancias económicas y familiares de las unidades de convivencia adjudicatarias de viviendas del Principado de Asturias.

Quinto.—La experiencia obtenida en la aplicación de los citados criterios de adecuación de la renta en los últimos años, aconsejan introducir nuevos cambios en aras a que las cuotas altas de gastos comunes de las comunidades vecinales no perjudiquen a las unidades de convivencia con menores ingresos económicos.

Fundamentos jurídicos.

I.—Es competente para dictar la presente resolución la Consejería de Servicios y Derechos Sociales en virtud de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en relación con el artículo 14 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias y Decreto 6/2015, de 28 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, sobre reestructuración de las Consejerías que integran la administración de la Comunidad Autónoma.

II.—Conforme establece el artículo 24 del Decreto 25/2013, de 22 de mayo, por el que se regula la adjudicación de viviendas del Principado de Asturias, que lleva por rúbrica “Adecuación de la Renta”, la renta anual inicial se podrá adecuar a las circunstancias económicas y familiares de la unidad de convivencia en virtud de la aplicación de los criterios que al efecto se determinen mediante resolución de la Consejería competente...

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