Resolución de 20 de marzo de 2015, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se resuelve el procedimiento de concurso de traslados regulado en el artículo 40 del V Convenio Colectivo de la Administración del Principado de Asturias. [Cód. 2015-05260]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Han concluido las actuaciones seguidas en el expediente del concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo no singularizados en el ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el personal laboral del Principado de Asturias (convocatoria BOPA 5/09/2014), conforme se regula en el artículo 40 del mismo.

Resultando:

Primero.—Que la Comisión de Valoración, constituida de conformidad con el punto cuarto del artículo 40 arriba mencionado, acordó, en su reunión del día 4 de febrero de 2014, la publicación de los resultados provisionales de los puestos convocados, a efectos de que los interesados pudieran presentar alegaciones en el plazo de 10 días a contar desde la publicación del correspondiente anuncio en el BOPA, que tuvo lugar el 12 de febrero de 2015.

Segundo.—Que durante el citado plazo de 10 días se formularon las alegaciones que obran en el expediente y que fueron resueltas por la Comisión de Valoración en las reuniones celebradas los días 4 y 9 de marzo de 2015.

Tercero.—Que a la vista del resultado de las alegaciones formuladas y de la valoración de las mismas, por la Comisión de Valoración, resultó la correspondiente propuesta definitiva de adjudicación de destinos.

Considerando:

Primero.—Que se han cumplido las formalidades previstas en el V Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración del Principado de Asturias suscrito en fecha de 5 de julio de 2005.

Segundo.—Que conforme al punto sexto del artículo 40 del Convenio Colectivo, procede resolver la adjudicación de destinos para la efectividad del resultado de la valoración.

Por todo ello,

Dispongo

Primero.—Adjudicar nuevo destino, con efectos del 1 de abril de 2015, a los trabajadores que se indican en el anexo I de la presente Resolución y para los puestos que en el mismo se detallan.

Segundo.—Declarar desierta la provisión de los puestos que se detallan igualmente en el anexo I de la presente Resolución.

Tercero.—Declarar la exclusión de los participantes que se detallan en el anexo II de la presente Resolución, en los términos y por las razones que en el mismo se indican.

Cuarto.—Los trabajadores que vean modificada la naturaleza de sus contratos por pasar de tiempo parcial a tiempo completo, o viceversa, suscribirán nuevos contratos de trabajo, en los que se contendrán las nuevas condiciones de la prestación de servicios, con efectos del día 1 de abril de 2015, salvo causas de fuerza mayor debidamente acreditadas; dicha modificación en todo caso...

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