Resolución de 12 de mayo de 2020, de la Consejería de Presidencia, de primera modificación de la Resolución de 21 de febrero de 2020, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia para el período 2020-2022. 

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático que carece de rango normativo en sentido estricto. No tiene incidencia en la esfera de los particulares y no crea derechos ni obligaciones. Su efectividad queda condicionada a la ejecución de las distintas líneas de subvención, en los términos que el mismo contempla, y a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Mediante Resolución de 21 de febrero de 2020, de la Consejería de Presidencia, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para el período 2020-2022 (BOPA núm. 41, de 28-II-2020).

Por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo y prorrogado mediante los Reales Decretos 476/2020, de 27 de marzo, 487/2020, de 10 de abril, 492/2020, de 24 de abril y 514/2020, de 8 de mayo.

Consecuencia de este estado de alarma, por la Dirección General de Emigración y Memoria Democrática, se propone la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones ante la imposibilidad de ejecución de varios de los programas relativos a dicha Dirección, básicamente, aquellos cuyos destinatarios de las ayudas no puedan viajar ante la situación de crisis sanitaria. De igual manera, por la Agencia Asturiana de Cooperación al Desarrollo, ante la crisis sanitaria generada a nivel mundial con la pandemia y el devastador impacto que puede conllevar en términos de pérdida de vidas humanas en aquellos países y territorios más vulnerables, se plantea la necesidad de reorientar los instrumentos...

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