Resolución de 12 de mayo de 2017, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras para las ayudas a proyectos de inversión empresarial en el ámbito del Principado de Asturias. [Cód. 2017-05747]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho

La Ley del Principado de Asturias 2/2002, de 12 de abril, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), ente público adscrito a la Consejería de Economía y Empleo, establece como fines de esta entidad el desarrollo económico equilibrado del Principado de Asturias, así como la promoción, creación y consolidación de un tejido industrial y empresarial diversificado, moderno y competitivo, como marco idóneo generador del incremento y la consolidación del empleo en nuestra Comunidad Autónoma.

En el cumplimiento de sus objetivos, el IDEPA fomenta la creación de nuevas empresas como componente estructurador del tejido productivo, promueve actuaciones que permiten su diversificación, impulsa aquellos sectores industriales no tradicionales y especialmente los nuevos, intensivos en conocimiento y generadores de mayor valor añadido y empleo cualificado, propiciando simultáneamente convergencia con las regiones desarrolladas y dinámicas de la Unión Europea.

Nuestro modelo de crecimiento regional para el próximo período 2014-2020 recoge los criterios de la Estrategia Europea 2020, que fija tres modelos de crecimiento y desarrollo (inteligente, sostenible e integrador) y la estrategia regional, “Estrategia RIS3 Asturias” que establece entre sus objetivos estratégicos, el de recuperar el liderazgo industrial a través de la tecnología, orientación a mercados y diversificación, y por último el diseñar un nuevo modelo de gestión del territorio basado en la colaboración en red y articulado en torno a polos, que incorpore los retos sociales, de modo que resulte más dinámico y atractivo para atraer talento y nuevos negocios.

Asimismo, la persistencia actual de la crisis económica y su impacto sobre la actividad económica y el empleo, y la constancia de que la base industrial europea ha seguido erosionándose y de que los países emergentes ya no sólo compiten en productos de bajo valor añadido, hace que la reactivación industrial haya vuelto a destacar como una cuestión prioritaria.

Resulta por tanto, necesario favorecer la inversión productiva, a través del impulso a proyectos intensivos en capital, tecnología y empleo, y la promoción de aquellos procedimientos que permitan incrementar la competitividad y productividad de las empresas asturianas, dotándolas de mejores herramientas de gestión, cultura y formación empresarial con el fin de garantizar que las mismas puedan competir con éxito en los diferentes mercados.

En ese sentido, toda inversión empresarial en la región que contribuya a dichos logros debe considerarse prioritaria, por tanto esa línea de trabajo quedará recogida en este programa de ayudas, para aquellos proyectos de inversión que contribuyan a los objetivos citados.

Este programa de ayudas también mantiene la línea de actuación del programa de apoyo a la inversión empresarial de años anteriores, adaptándose al modelo de la Unión Europea para el período de programación 2014-2020, en el que se prioriza el apoyo a la capacidad de las PYME para crecer en los mercados regionales, nacionales e internacionales, y para implicarse en procesos de innovación.

Las anteriores bases reguladoras, aprobadas por Resolución de 28/04/2016, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, requieren de su modificación como consecuencia de la adaptación a las leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y para introducir mejoras técnicas.

Este programa de ayudas podrá ser cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

A tenor de lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se establecen los principios de buena regulación, se señala lo siguiente:

Respecto de los principios de necesidad y eficacia: La regulación que se contiene en estas bases responde a la vocación general de fomento de la economía regional, que es una actividad administrativa de interés general. El fin perseguido es la consolidación del tejido empresarial y la creación de empleo. Para garantizar su consecución el instrumento más adecuado es la elaboración unas bases reguladoras de la convocatoria con el contenido fijado en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Respecto del principio de proporcionalidad: Se realiza la regulación imprescindible para atender a la actividad de fomento propia del IDEPA, no existiendo otras medidas que impongan menos obligaciones a los destinatarios y que puedan alcanzar la satisfacción de los objetivos perseguidos.

Respecto del principio de seguridad jurídica: Las bases se promueven de modo coherente con el resto del ordenamiento jurídico, al acomodarse a lo dispuesto en la citada Ley 38/2003, y conforman un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilita la actuación y toma de decisión de los potenciales beneficiarios solicitantes de la misma.

Respecto del principio de transparencia: En las bases reguladoras se han definido claramente los objetivos que se pretenden alcanzar con las mismas. Asimismo y en relación al artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, puesto en conexión con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procedió a dar publicidad de las presentes bases, para garantizar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las mismas.

Respecto del principio de eficiencia: Estas bases evitan cargas administrativas innecesarias, y racionalizan la solicitud que deben presentar los potenciales beneficiarios, a través del formulario que se adjuntará a cada convocatoria en la que se recogen todos los datos necesarios para la valoración del proyecto, adjuntándose única y exclusivamente la documentación necesaria para avalar los datos allí expuestos, de este modo se racionaliza la gestión de los recursos públicos al agilizar y facilitar la tramitación de esta línea de subvención.

Sentado lo anterior, por el IDEPA se formula la propuesta de aprobación de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a empresas para Proyectos de Inversión Empresarial en el ámbito del Principado de Asturias.

Fundamentos de derecho

Primero.—El artículo 9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que, con carácter previo al otorgamiento de subvenciones, deberán ser aprobadas las bases reguladoras de la concesión. La misma previsión se recoge en el artículo 7 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el ámbito del Principado de Asturias, fijándose un contenido mínimo para las bases.

Segundo.—El artículo 7.f) de la Ley del Principado de Asturias 2/2002, de 12 de abril, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias de Asturias, que establece que el IDEPA en el ejercicio de sus funciones y para el cumplimiento de sus fines podrá conceder subvenciones de capital y corrientes.

Tercero.—Con fecha 1 de julio de 2014, se produjo la entrada en vigor del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, marco en el que se encuadran estas ayudas.

Cuarto.—A tenor de lo dispuesto en el Decreto 7/2015, de 28 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se nombra a los miembros del Consejo de Gobierno, y en el Decreto 64/2015, de 13 de agosto, de estructura orgánica básica de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, en relación con lo establecido en el artículo 7 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre; y las leyes del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración y 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, el titular de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo es el competente para la aprobación de estas bases.

En consecuencia con todo lo expuesto, por la presente,

RESUELVO

Primero.—Aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a proyectos de inversión empresarial en el ámbito del Principado de Asturias, que se incorporan como anexo a esta resolución.

Segundo.—Derogar la Resolución de 28/04/2016, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras para las ayudas a proyectos de inversión empresarial en el ámbito del Principado de Asturias.

Tercero.—La presente disposición entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 12 de mayo de 2017.—El Consejero de Empleo, Industria y Turismo, Francisco Blanco Ángel.—Cód. 2017-05747.

Anexo

BASES REGULADORAS PARA LAS AYUDAS A PROYECTOS DE INVERSIÓN EMPRESARIAL EN EL ÁMBITO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Primera.—Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones, por el Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), a empresas para proyectos de inversión empresarial que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias, en régimen de concurrencia competitiva, y que reúnan los requisitos y condiciones establecidos en las presentes bases.

Segunda.—Beneficiarios.

  1. Podrán acogerse a las ayudas establecidas en las presentes bases los empresarios individuales y sociedades con personalidad jurídica propia, que lleven a cabo proyectos de inversión empresarial en el Principado de Asturias.

  2. Estas ayudas podrán concederse tanto a PYMES como a Grandes Empresas: Según el art 14.3 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, en...

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