Resolución de 10 de noviembre de 2017, del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de alumnado, profesorado y personal investigador de la Universidad de Oviedo, en régimen de concurrencia competitiva. [Cód. 2017-12594]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho

La Universidad de Oviedo es una Institución de derecho público, que asume y desarrolla sus funciones como servicio público de la educación superior y la investigación científica y técnica en régimen de autonomía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.10 de la Constitución, teniendo entre sus fines el fomento de la difusión social de la ciencia, así como el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico.

Tanto la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, como la Ley Orgánica 6/2001 de diciembre, de Universidades, contemplan el establecimiento de una política general de becas, ayudas y créditos a los estudiantes universitarios. En este sentido, la Ley Orgánica 6/2001, reconoce y garantiza la libertad de investigación en el ámbito universitario y determina en su artículo 41 que el fomento de la investigación se realizará, entre otros, a través de las Universidades. En sentido similar se pronuncian los artículos 132 y 137 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, al determinar que nuestra Universidad deberá apoyar y promover la dedicación a la investigación del personal docente e investigador mediante la aprobación de programas para el fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico.

En el ámbito de la regulación expuesta y teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 9, 176 y 179 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo, donde se señala que se fomentará un sistema justo de becas y ayudas, se estima conveniente la tramitación de un expediente para el establecimiento de las bases reguladoras de concesión de ayudas a Proyectos de innovación e investigación, Tesis doctorales, Trabajos de Fin de Grado, que precisen autorizar el desarrollo de la investigación en centros educativos de niveles no universitarios u otras unidades técnico-docentes de la Consejería de Educación y Cultura, en el marco de las Adendas al Convenio de colaboración suscrito entre la Universidad de Oviedo y la Consejería de Educación y Cultura, que anualmente se suscriban con el Principado de Asturias para concretar la realización de las actividades educativas correspondientes.

Fundamentos de derecho

Primero.—Según lo establecido en el artículo 30.1 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2017, «toda subvención, beca o ayuda para la que exista crédito comprendido en el presupuesto se otorgará según los principios generales de publicidad, concurrencia y objetividad, con respeto a las bases reguladoras de la concesión que se establezcan».

Segundo.—Vistos la Resolución de 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo por la que se regula el Régimen General de Subvenciones; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, del Principado de Asturias, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones, modificado por el Decreto 14/2000; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y demás legislación que le sea de aplicación.

Tercero.—En virtud de lo dispuesto en el Decreto 14/1999, de 11 de marzo, sobre régimen de publicidad de los actos y acuerdos normativos de la Universidad de Oviedo, por orden del Rector u órgano en quien delegue expresamente al efecto, serán objeto de publicación formal en el Boletín Oficial del Principado de Asturias «los acuerdos o las resoluciones de contenido normativo emanados de los órganos de la Universidad de Oviedo que, no siendo de ámbito estrictamente organizativo, tengan como destinatarios una pluralidad indeterminada de sujetos» para producir efectos jurídicos.

Cuarto.—Visto el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Oviedo para el año 2017, sobre autorización y disposición de gastos.

RESUELVO

Primero.—Aprobar las bases reguladoras que se incluyen como anexo I de la presente Resolución, por las que se regirán la concesión de ayudas a proyectos de alumnado, profesorado y personal investigador de la Universidad de Oviedo, en régimen de concurrencia competitiva.

Segundo.—La presente Resolución será publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.3 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Oviedo, a 10 de noviembre de 2017.—El Rector.—Cód. 2017-12594.

Anexo I

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A PROYECTOS DE ALUMNADO, PROFESORADO Y PERSONAL INVESTIGADOR DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA

Primera.—Objeto y ámbito de aplicación.

Las presentes bases tienen por objeto establecer los requisitos y criterios para la selección de Proyectos de innovación e investigación, Tesis doctorales, Trabajos fin de grado, que precisen autorizar el desarrollo de la investigación en centros educativos de niveles no universitarios u otras unidades técnico-docentes de la Consejería de Educación y Cultura, para el acceso a información, obtención de datos, aplicación de encuestas, etcétera, en el marco del Convenio de colaboración suscrito para la realización de actividades educativas durante 2017.

Segunda.—Carácter de las ayudas.

Las ayudas tendrán carácter...

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