Resolución de 1 de abril de 2015, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA), por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos de solicitudes de ayudas para el personal del Servicio Público de Empleo incluido durante el curso 2011/2012 en el ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Principado de Asturias. [Cód. 2015-06111]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Visto el expediente tramitado al efecto, y de conformidad con el informe emitido por la Comisión Calificadora de las solicitudes formuladas en virtud de la Resolución de 23 de diciembre de 2014 del Servicio Público de Empleo, mediante la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas para el personal del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias incluido durante el curso 2011/2012 en el ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias, por la presente,

Por ello, y a la vista de lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Primero.—Estimar, requerir y desestimar las solicitudes de ayudas para estudios de hijos e hijas del personal, para estudios del personal durante el curso 201/2012, y para el personal con hijos e hijas con discapacidad, perteneciente al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, incluido durante el citado curso escolar, en el ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias, de conformidad con los requisitos establecidos en la convocatoria, como a continuación se indica:

— Anexo I. Ayudas para estudios de hijos e hijas del personal:

I-A: Estimar las solicitudes formuladas por el personal que en el mismo se relaciona.

I-B: Requerir o en su caso estimar o desestimar las solicitudes que se relacionan, del personal que ha solicitado ayudas para más de un hijo e hija o para más de un tipo de estudios a favor de cada hijo e hija y/u otro tipo de ayudas, especificando en cada caso la parte de la solicitud estimada, desestimada, o aquella otra que deberá ser subsanada mediante la aportación de la documentación que se indica.

I-C: Desestimar las solicitudes presentadas por el personal que se relaciona, por los motivos que en cada caso se señalan.

— Anexo II. Ayudas para estudios del personal

Estimar las solicitudes formuladas por el personal que en el mismo se relaciona.

— Anexo III. Ayudas para el personal con hijos e hijas con discapacidad

Estimar las solicitudes formuladas por el personal que en el mismo se relaciona.

Segundo.—De conformidad con lo establecido en el anexo I, apartado 5.2, de la convocatoria, a las personas solicitantes de ayudas para el personal con hijos e hijas con discapacidad, se les enviará notificación con acuse de recibo con indicación del defecto motivador de la exclusión de la ayuda solicitada...

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