Resolución de 6 de marzo de 2003, de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la contratación indefinida de personas con discapacidad.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho Primero.¿ Fruto de la concertación social, el 29 de noviembre de 1999, se suscribió el denominado Pacto Institucional por el Empleo, entre el Gobierno del Principado de Asturias, y las organizaciones sindicales (UGT, CC OO) y empresariales (FADE) más representativas.

El Pacto Institucional por el Empleo tiene como ejes prioritarios de actuación las políticas activas de empleo, la política industrial, la formación y salud laboral, y se enmarca en el escenario de una economía regional abierta y en desarrollo, dibuja una estrategia basada en la potenciación de nuestros recursos humanos, en la mejora del entorno empresarial y en la promoción de la igualdad de oportunidades y la cohesión social, recogiéndose en el área de empleo un total de 26 acciones, de las que la acción 1.2 se refiere al fomento de la estabilidad en el empleo, siendo uno de los colectivos destinatarios de la misma el colectivo de discapacitados.

Segundo.¿ De igual forma y mediante el Real Decreto 11/2001, de 12 de enero, sobre traspaso de competencias en materia de fomento del empleo, se transfirieron entre otras la gestión de las ayudas contempladas en el Real Decreto 1451/1983 de 11 de mayo (B.O.E. de 4 de junio de 1983), que regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de trabajadores minusvalidos.

Tercero.¿ Después de dos años de realizar tal gestión y vista la experiencia acumulada en la misma, se entiende conveniente adaptar la normativa estatal a nuestras peculiaridades de gestión, facilitando a las empresas que contraten personas del colectivo de discapacitados un único marco de referencia, y a la Administración del Principado de Asturias con financiación propia, prestar un mayor apoyo en las ayudas, al implementar las cantidades contempladas en el citado Real Decreto 1451/1983.

Cuarto.¿ Así pues, en este marco de actuación, la presente Resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de las ayudas que, integrando el Pacto Institucional por el Empleo y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, se dirijan al apoyo de las empresas privadas que contraten, con carácter indefinido, personas del colectivo de discapacitados.

Fundamentos de derecho Primero.¿ La Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; el Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/98, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario; el Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones; el Real Decreto 11/2001 por el que se transfieren funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado de Asturias, y el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, sobre empleo selectivo y medidas de fomento del empleo de trabajadores minusválidos.

Segundo.¿ Que para la presente convocatoria existe créd i t o adecuado en e l concepto presupuestario 21.03.322A.471.02 de los Presupuestos Generales para el año 2003, y habiéndose aprobado el gasto correspondiente para esta convocatoria por acuerdo de Consejo de Gobierno de 12 de diciembre de 2002, corresponde al Consejero de Trabajo y Promoción de Empleo el resolver sobre la concesión, denegación o revocación de esta subvención de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.

Tercero.¿ Que a tenor de lo dispuesto en el art. 38,m) de la Ley 6/84 y el art. 8,c) del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario en relación con el art. 3 del Decreto 71/92, el titular de esta Consejería es el órgano competente, por lo que, R E S U E L V O Primero.¿ Aprobar las bases y modelos de petición para la concesión de subvenciones al programa de ayudas para la contratación indefinida de discapacitados por empresas privadas.

Segundo.¿ La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, y tendrá efectos sobre la totalidad de las contrataciones efectuadas a partir del 1 de enero de 2003.

Tercero.¿ Contra la presente Resolución procede interponer recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, en relación con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Oviedo, a 6 de marzo de 2003.¿El Consejero de Trabajo y Promoción de Empleo, Graciano Torre González.

BASES PARA LA CONCESION DE SUBVENCIONES A LA CONTRATACION INDEFINIDA DE DISCAPACITADOS POR EMPRESAS PRIVADAS Primera.¿ Objeto: El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a empresas del Principado de Asturias para la contratación indefinida de discapacitados al amparo del Real Decreto 1451/1983,...

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