Resolución de 24 de octubre de 2000, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se autoriza a la empresa "A.I.T.E.M.I.N.", Asociación para la Investigación y Desarrollo Industrial de los Recursos Naturales, como Organismo de Control en el Principado de Asturias.

SecciónI - Principado de Asturias
Emisorde Allande
Rango de LeyResolución

Examinado el escrito presentado por don José Luis Fuentes-Cantillana, en calidad de representante de "A.I.T.E.M.I.N.", Asociación para la Investigación y Desarrollo Industrial de los Recursos Naturales, C.I.F. número G-28518413, con domicilio social en Madrid, calle Alenza, 1, solicitando autorización de actuación como Organismo de Control, para inspección de la seguridad de instalaciones industriales en el Principado de Asturias, esta Consejería de Industria, Comercio y Turismo tiene en consideración los siguientes, Antecedentes de hecho: Primero.¿ "A.I.T.E.M.I.N.", Asociación para la Investigación y Desarrollo Industrial de los Recursos Naturales, fue acreditada por ENAC, Entidad Nacional de Acreditación, con fecha 5 de noviembre de 1999, como organismo de inspección tipo C según los criterios recogidos en la norma UNE EN 45004-1995, para las actividades de inspección en los ámbitos reglamentarios de: 1. Construcción de máquinas con riesgo.

  1. Minería.

    Tal y como consta en el certificado de acreditación número 31/EI/033/99, por un periodo de vigencia hasta su notificación en contra.

    Segundo.¿ Con fecha 22 de junio de 2000, don José Luis Fuentes-Cantillana, en calidad de representante de "A.I.T.E.M.I.N.", Asociación para la Investigación y Desarrollo Industrial de los Recursos Naturales, presentó escrito solicitando al amparo del Real Decreto 2.200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Infraestructuras de Calidad y Seguridad Industrial, la autorización de actuación como Organismo de Control para inspección de la seguridad de instalaciones industriales dentro del Principado de Asturias, en los ámbitos reglamentarios de: 1. Construcción de máquinas con riesgo.

  2. Minería.

    A tal efecto, aporta la documentación exigida por el artículo 43.3 del citado Real Decreto 2.200/1995, de 28 de diciembre.

    Fundamentos jurídicos: Primero.¿ La Administración de Principado de Asturias y por razón de materia, la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, es competente para conocer y resolver el presente expediente de conformidad con el Decreto 164/1995, de 7 de septiembre, por el que regula su estructura orgánica, y en virtud de lo establecido en el apartado 8,d) del anexo I del Real Decreto 4.100/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado de Asturias en materia de industria y energía, el Real Decreto 386/1985, de 9 de enero, y el Real Decreto 836/1995, de 30 de...

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