DECRETO 7/2005, de 19 de enero, de primera modificación del Decreto 92/2003, de 31 de julio, de estructura orgánica básica de la Consejería de Industria y Empleo.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorCogersa
Rango de LeyDecreto

El Decreto 9/2003, de 7 de julio, del Presidente del Principado, estableciÛ una nueva organizaciÛn de las ConsejerÌas que integran la AdministraciÛn de la Comunidad AutÛnoma, cre·ndose la ConsejerÌa de Industria y Empleo.

Se atribuyeron a esta ConsejerÌa las funciones de la ConsejerÌa de Industria, Comercio y Turismo, excepto las relativas al turismo y las correspondientes a investigaciÛn, desarrollo e innovaciÛn, asÌ como las ejercidas por la ConsejerÌa de Trabajo y PromociÛn de Empleo, con excepciÛn de las de formaciÛn y prevenciÛn de riesgos laborales.

En ejecuciÛn de la disposiciÛn final primera del citado Decreto, se aprobÛ el Decreto 92/2003, de 31 de julio, de estructura org·nica b·sica de la ConsejerÌa de Industria y Empleo.

La entrada en vigor de la Ley del Principado de Asturias 4/2004, de 30 de noviembre, del Instituto Asturiano de PrevenciÛn de Riesgos Laborales, confiere al mismo naturaleza de organismo autÛnomo adscrito a la ConsejerÌa competente en materia de prevenciÛn de riesgos laborales.

En su artÌculo 3.2, la Ley citada establece la obligaciÛn de determinar el rÈgimen de atribuciÛn de competencias en orden al ejercicio por el Principado de Asturias de sus funciones de ejecuciÛn de la legislaciÛn laboralen materia de prevenciÛn de riesgos laborales.

En ejecuciÛn del citado precepto legal, la ConsejerÌa de Justicia, Seguridad P˙blica y Relaciones Exteriores ejercer· las competencias del Principado de Asturias en materia de prevenciÛn de riesgos laborales, asÌ como la potestad sancionadora respecto de las infracciones en dicha materia.

En consecuencia con lo expuesto, procede modificar el Decreto 92/2003, de 31 de julio, de estructura org·nica b·sica de la ConsejerÌa de Industria y Empleo, para adecuarlo al rÈgimen de atribuciÛn de competencias derivado de la normativa citada.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria y Empleo y previo Acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reuniÛn de 19 de enero de 2005, D I S P O N G O ArtÌculo ˙nico.

Los artÌculos 5, apartado 1, y 6 del Decreto 92/2003, de 31 de julio, de estructura org·nica b·sica de la ConsejerÌa de Industria y Empleo, quedan redactados de la siguiente forma: øArtÌculo 5.ø Funciones y estructura.

  1. Corresponder· a la DirecciÛn...

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