Decreto 57/2002, de 25 de abril, por el que se modifica el Decreto 45/92, de 21 de mayo, de precios públicos en lo correspondiente a los de la Ciudad de Vacaciones de Perlora.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

El Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos aprobado por el Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, señala en sus artículos 16 y 17 que el establecimiento, modificación o supresión de los precios públicos se realizará mediante Decreto del Consejo de Gobierno a propuesta conjunta de la Consejería competente en materia de hacienda y de la que en cada caso corresponda en razón de la materia, previa justificación de los importes propuestos mediante la correspondiente Memoria económico- financiera, en cuantía que, como mínimo, cubra los costes económicos del servicio o actividad prestados.

El Decreto 45/1992, de 21 de mayo, de Precios Públicos, modificado en lo que aquí interesa por el Decreto 52/2001, de 3 de mayo, estableció los precios públicos por la prestación de servicios y la utilización de las instalaciones de la Ciudad de Vacaciones de Perlora.

El Decreto 10/1999, de 22 de julio, del Presidente del Principado, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, atribuye al Consejero de Hacienda las competencias en materia de hacienda pública, y al de Industria, Comercio y Turismo, las que en dichas materias ostentaba anteriormente el Consejero de Economía.

De la Memoria económico-financiera elaborada al respecto se desprende la oportunidad de proceder a una revisión de los precios vigentes en la Ciudad de Vacaciones de Perlora, a la vez que las circunstancias originadas por las anomalías detectadas en varios inmuebles obligan a eliminar estos de la oferta hotelera de la instalación. Asimismo, se cree oportuno introducir algunas matizaciones en lo que se refiere a Normas de funcionamiento y devoluciones para una mayor precisión de su contenido.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Hacienda y de Industria, Comercio y Turismo, y previo acuerdo del...

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