Resolución de 4 de agosto de 2010, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros con datos de carácter personal de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno.

SecciónOtras Disposiciones
EmisorConsejeria de Administraciones Publicas y Portavoz del Gobierno
Rango de LeyResolución

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 20.1, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla, en su artículo 52.1, establecen que la creación, modificación o supresión de los ficheros titularidad de las Administraciones Públicas, sólo podrá hacerse por medio de disposición general o acuerdos publicados en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente. El apartado segundo del citado artículo recoge los aspectos que se deben indicar en las disposiciones de creación, modificación y supresión de dichos ficheros.

En su virtud, de conformidad con la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias y la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; vistos el Decreto 34/2008, de 26 de noviembre, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma y el Decreto 121/2008, de 27 de noviembre, de estructura orgánica básica de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la presente,

DISPONGO

Artículo 1 —Creación de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal que se describen en el anexo I de la presente Resolución.

Artículo 2 —Modificación de ficheros.

Se especifican en el anexo II las modificaciones de los ficheros de datos de carácter personal de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno.

Artículo 3 —Supresión de ficheros

Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal que se describen en el anexo III de la presente Resolución.

Disposición Adicional Única Inscripción en el Registro General de Protección de Datos

La creación, modificación y supresión de los ficheros será notificada por el órgano responsable del mismo a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia, de una copia de la presente disposición.

Disposición derogatoria única

Se derogan la Resolución de 1 de febrero de 2005, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se crea el fichero “Geper-Nóminas” de tratamiento automatizado de datos de carácter personal, la Resolución de 1 de febrero de 2005, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se crea el fichero “Geper-expedientes de contratación” de tratamiento automatizado de datos de carácter personal y la Resolución de 4 de noviembre de 2008, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se crea el fichero automatizado de tratamiento de datos de carácter personal “Seguimiento de la actividad profesional en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos públicos y entes públicos” así como cuantas disposiciones de igual rango se opongan a la presente Resolución.

Disposición final única Entrada en vigor

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, 4 de agosto de 2010.—La Consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, Ana Rosa Migoya Diego.—17.895

Anexo I

1) Fichero “IAAP SELECCIÓN DE PERSONAL”

  1. Denominación del fichero: “IAAP SELECCIÓN DE PERSONAL”

  2. Finalidad y usos previstos: recursos humanos

  3. Origen de los datos:

    — Colectivo de personas sobre los que se pretenden obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: demandantes de empleo

    — Procedimiento de recogida: entrevistas

    — Procedencia: el propio interesado o su representante legal

  4. Estructura básica del fichero:

    — Descripción detallada de datos (identificativos, especialmente protegidos y otros): nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono

    — Sistema de tratamiento utilizado: mixto

  5. Comunicaciones de datos previstas (destinatarios o categorías de destinatarios)

  6. Transferencias internacionales de datos previstas (país o países de destino)

  7. Órgano responsable del fichero:

    — Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno

    — Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” (IAAP)

    — Área de Selección del IAAP

  8. Servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición:

    — Administración del Principado de Asturias

    — Servicio de Atención al Ciudadano (SAC)

    — C/ Coronel Aranda, 2, 33005-Oviedo

    — Teléfono: 012-Correo electrónico: SAC@asturiasorg

  9. Nivel de seguridad: básico

    2) Fichero “ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL”

  10. Denominación del fichero: “ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL”

  11. Finalidad y usos previstos: recursos humanos

  12. Origen de los datos:

    — Colectivo de personas sobre los que se pretenden obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: empleados

    — Procedencia: el propio interesado o su representante legal, registros públicos

  13. Estructura básica del fichero:

    — Descripción detallada de datos (identificativos, especialmente protegidos y otros): afiliación sindical, datos relativos a infracciones administrativas, nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, número Seguridad Social/Mutualidad, teléfono

    — Sistema de tratamiento utilizado: automatizado

  14. Comunicaciones de datos previstas (destinatarios o categorías de destinatarios):

    Organismos, Seguridad Social, Administración Tributaria, Administración del Estado, Unión Europea, Tribunal de Cuentas, INE, Órganos Judiciales, Sindicatos, Interesados legítimos, Entidades de crédito, Compañías de seguros

  15. Transferencias internacionales de datos previstas (país o países de destino)

  16. Órgano responsable del fichero:

    — Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno

    — Dirección General de la Función Pública

    — Servicio de Administración de Personal

  17. Servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición:

    — Administración del Principado de Asturias

    — Servicio de Atención al Ciudadano (SAC)

    — C/ Coronel Aranda, 2, 33005-Oviedo

    — Teléfono: 012-Correo electrónico: SAC@asturiasorg

  18. Nivel de seguridad: alto

    3) Fichero “GESTIÓN ECONÓMICA DEL PERSONAL”

  19. Denominación del fichero: “GESTIÓN ECONÓMICA DEL PERSONAL”

  20. Finalidad y usos previstos: gestión de nómina

  21. Origen de los datos:

    — Colectivo de personas sobre los que se pretenden obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: empleados

    — Procedencia: el propio interesado o su representante legal

  22. Estructura básica del fichero:

    — Descripción detallada de datos (identificativos, especialmente protegidos y otros): salud, nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, número Seguridad Social/Mutualidad, datos económicos

    — Sistema de tratamiento utilizado: automatizado

  23. Comunicaciones de datos previstas (destinatarios o categorías de destinatarios):

    Organismos, Seguridad Social, Administración Tributaria, Administración del Estado, Unión Europea, Tribunal de Cuentas, INE, Órganos Judiciales, Sindicatos, Interesados legítimos, Entidades de crédito, Compañías de seguros

  24. Transferencias internacionales de datos previstas (país o países de destino)

  25. Órgano responsable del fichero:

    — Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno

    — Dirección General de la Función Pública

    — Servicio de Gestión Económica de Personal

  26. Servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición:

    — Administración del Principado de Asturias

    — Servicio de Atención al Ciudadano (SAC)

    — C/ Coronel Aranda, 2, 33005-Oviedo

    — Teléfono: 012-Correo electrónico: SAC@asturiasorg

  27. Nivel de seguridad: medio

    4) Fichero “REGISTRO DE EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LA FORMACIÓN”

  28. Denominación del fichero: “REGISTRO DE EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LA FORMACIÓN”

  29. Finalidad y usos previstos: formación del personal

  30. Origen de los datos:

    — Colectivo de personas sobre los que se pretenden obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: empleados

    — Procedencia: el propio interesado o su representante legal

  31. Estructura básica del fichero:

    — Descripción detallada de datos (identificativos, especialmente protegidos y otros): nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono

    — Sistema de tratamiento utilizado: automatizado

  32. Comunicaciones de datos previstas (destinatarios o categorías de destinatarios)

  33. Transferencias internacionales de datos previstas (país o países de destino)

  34. Órgano responsable del fichero:

    — Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno

    — Dirección General de Planificación y Evaluación de Recursos Humanos

    — Servicio de Programación y Evaluación de desempeño profesional

  35. Servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR