RESOLUCION de 25 de febrero de 2004, de la Consejería de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores, por la que se convocan subvenciones para ¿dotación de medios a las Policías Locales¿ de los Concejos Examinado el expediente instruido por la Dirección General de Seguridad Pública en orden a la convocatoria de subvenciones con destino...

SecciónI - Principado de Asturias
Emisorde Allande
Rango de LeyResolución

Primero.¿ Que el Decreto 87/2003, de 29 de julio, de estructura orgánica básica de la Consejería de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores, atribuye a la Dirección General de Seguridad Pública el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de apoyo y coordinación de Policías Locales.

Segundo.¿ Que en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2004 aprobados por Ley 5/2003, de 30 de diciembre, existe crédito en el concepto presupuestario 13-03223A-769.002, por una cuantía máxima de 150.254,00 euros para subvenciones correspondientes a la dotación de medios a las Policías Locales.

Vistos: La Ley 6/1986, de 31 de mayo, de Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias; Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; texto refundido del régimen económico y presupuestario, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio, y Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, R E S U E L V O Primero.¿ Autorizar un gasto por importe de 150.254,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13-03-223A-769.002, con destino a la concesión de subvenciones para la dotación de medios a las Policías Locales.

Segundo.¿ Convocar la concesión de subvenciones para la ¿dotación de medios a las Policías Locales¿ con cargo a la citada aplicación presupuestaria.

Tercero.¿ Aprobar las bases que han de regir la convocatoria incorporadas como anexo a esta Resolución.

Cuarto.¿ Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la previa interposición, con carácter potestativo, de recurso de reposición ante el Consejero de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo en este caso simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Oviedo, 25 de febrero de 2004.¿El Consejero de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores...

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