Acuerdo de 28 de abril de 2011, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se establecen las condiciones y plazos de ampliación y anulación de matrícula en estudios oficiales. [Cód. 2011-09092]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyAcuerdo

La formalización de la matrícula en estudios oficiales de la Universidad de Oviedo se realiza en un único plazo, sin perjuicio del fraccionamiento de su pago. Este procedimiento incide académica y económicamente en las decisiones de los estudiantes, lo que aconseja, en aras a facilitar al alumnado una flexibilidad en su itinerario curricular durante el curso académico, establecer un procedimiento de ampliación y anulación de matrícula que permita a los estudiantes obtener un satisfactorio rendimiento académico modificando decisiones anteriores.

Asimismo, la implantación de los nuevos estudios oficiales en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior, introduce varias novedades entre las que cabe destacar: una nueva organización de las enseñanzas que favorece la flexibilidad y la diversificación curricular; la movilidad como objetivo fundamental; un nuevo modelo de enseñanza-aprendizaje; un reforzamiento del papel de los estudiantes en la gestión pública de la enseñanza superior, en el proceso de aprendizaje y en su capacidad de autoorganización, potenciando con ello la toma de sus propias decisiones académicas.

Además, la implantación de un nuevo régimen de permanencia y progreso en los estudios oficiales a partir del curso 2011-2012, requiere dotar a los estudiantes de herramientas que permitan acomodar sus decisiones al discurrir académico del curso y dotar de seguridad jurídica, tanto a las actuaciones de los empleados públicos como a las decisiones de los alumnos.

En virtud de la normativa citada, a iniciativa y propuesta del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo, se elabora el presente Acuerdo que establece las condiciones y plazos de ampliación y anulación de matrícula en estudios oficiales.

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1
Artículo 1 —Objeto y ámbito de aplicación.
  1. El objeto del presente Acuerdo es establecer los criterios, plazos y órganos de resolución de los procedimientos de ampliación y anulación de matrícula en estudios universitarios oficiales de la Universidad de Oviedo.

  2. El presente Acuerdo será de aplicación a todos los estudiantes matriculados en estudios universitarios oficiales de la Universidad de Oviedo.

CAPÍTULO II Artículos 2 a 4

Ampliaciones de matrícula

Artículo 2 —Ampliación de matrícula.

La matrícula en estudios universitarios oficiales se realiza en un único plazo y, por tanto, la ampliación de matrícula constituye una situación excepcional y su solicitud deberá motivarse.

Artículo 3 —Criterios de ampliación.

La resolución de ampliación de matrícula estará sujeta a los siguientes criterios:

  1. Con carácter general, finalizado el plazo oficial...

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