RESOLUCION de 27 de julio de 2005, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se autoriza el gasto y se aprueban las bases que regirán la concesión de subvenciones destinadas al mantenimiento de las plantaciones regulares del manzano de sidra en el Principado de Asturias.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyResolución

Dentro del marco de apoyo a la diversificación de las producciones agrarias del Principado de Asturias, el cultivo de manzano de sidra ha venido recibiendo un apoyo específico para lograr la creación de plantaciones regulares y, de forma complementaria, para el mantenimiento de dichas plantaciones.

La situación y perspectivas de los sectores productor y transformador aconsejan proseguir con las actuaciones encaminadas a incrementar las producciones de manzana de sidra, incentivando no sólo la instauración de las plantaciones regulares, de carácter semiintensivo, de rápida entrada en producción y con garantías de viabilidad, sino también su mantenimiento en óptimas condiciones durante los primeros años de vida, contribuyendo esta medida, asimismo, a la conservación del entorno natural, mediante la protección de un cultivo tradicionalmente vinculado al paisaje de la región.

Con ello se pretende asegurar el suministro, durante los próximos años, de manzana a la industria transformadora, en cantidad y calidad adecuada a las necesidades requeridas para elaboración de sidra y derivados de calidad, así como potenciar la diversificación de las producciones y mejorar la rentabilidad de las explotaciones agrarias asturianas.

Vistos: El artículo 38 de la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, modificado por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero, y demás normativa legalmente aplicable, R E S U E L V O Primero.— Aprobar las bases de la convocatoria pública contenidas en el anexo I de la presente Resolución, que regirán la concesión de subvenciones destinadas al mantenimiento en la campaña 2005 de las plantaciones regulares del manzano de sidra formadas en eje vertical en el territorio del Principado de Asturias, y que serán cofinanciadas al 70% por el FEOGA Orientación.

Segundo.— Autorizar un gasto por un importe de 100.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18-02-712C-773.009 del presupuesto del Principado de Asturias, ejercicio 2005.

Tercero.— La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Cuarto.— Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos (2) meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la titular de la Consejería de Medio Rural y Pesca en el plazo de un (1) mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo. 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime oportuno.

Oviedo, a 27 de julio de 2005.—La Consejera de Medio Rural y Pesca, Servanda García Fernández.

Anexo I BASES Primera.— Objeto de la ayuda La presente Resolución tiene por objeto regular el procedimiento de concesión de las subvenciones destinadas al mantenimiento en el año 2005 de nuevas plantaciones de manzanos de sidra que hayan sido plantadas en las campañas 20001/2002, 2002/2003 y 2003/2004 dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias.

Segunda.— Beneficiarios, requisitos y condiciones Podrán ser beneficiarias de las subvenciones aquellas personas, físicas o jurídicas, que sean titulares de nuevas plantaciones de manzano de sidra en marco regular, y eje vertical, plantadas en alguna de las campañas antedichas en la base anterior, y que hayan efectuado en el año 2005 un adecuado mantenimiento de las mismas, con los siguientes requisitos:

  1. La superficie objeto de esta ayuda deberá ser igual o superior a 0,50 hectáreas.

  2. No obstante, también podrán ser auxiliadas pomaradas realizadas en marco regular y eje vertical que, no alcanzando la dimensión antedicha, tengan una superficie no inferior a 0,2 hectáreas, siempre que hayan sido plantadas por sus titulares, para complementar otras plantaciones que sumen 0,50 o más hectáreas.

  3. Los solicitantes deberán estar cumpliendo con las normas mínimas establecidas en materia de medio ambiente.

    No podrán ser beneficiarios de estas ayudas los solicitantes que estuviesen incursos en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de...

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