Decreto 35/2001, de 29 de marzo, por el que se declara de utilidad pública e interés social y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Noceda de Rengos (Cangas del Narcea).

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

Los acusados caracteres de gravedad que ofrece la dispersión parcelaria de la zona de Noceda de Rengos (Cangas del Narcea), puestos de manifiesto por los agricultores de la misma en solicitud de concentración dirigida a la Consejería de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias, han motivado la realización, por el Servicio de Infraestructuras Rurales, de un estudio sobre las circunstancias y posibilidades técnicas que concurren en la citada zona, deduciéndose de dicho estudio la conveniencia de llevar a cabo la concentración parcelaria por razón de utilidad pública e interés social, de conformidad con lo establecido en la Ley del Principado de Asturias 4/89, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural, de 21 de julio.

En su virtud, a propuesta del Ilmo. Sr.

Consejero de Medio Rural y Pesca y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en reunión del día 29 de marzo de 2001, DISPONGO

Artículo 1 Se declara de utilidad pública e interés social y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Noceda de Rengos (Cangas del Narcea).
Artículo 2 El perímetro de la zona estará formado, en principio, por parte del término municipal de Cangas del Narcea, que comprende el núcleo de población de Noceda de Rengos, y cuyos límites son: Norte.-Terrenos y montes de Caldevilla de Rengos

Camino Real de Cangas a Guillón.

Sur.-Terrenos y montes de Noceda de Rengos. Este.-Terrenos y monte de Trasmonte. Oeste.-Terrenos y monte de Noceda de Rengos.

Dicho perímetro quedará en definitiva modificado de acuerdo con lo previsto en el...

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