Decreto 58/2000, de 27 de julio, primera modificación del Decreto 137/1999, de 16 de septiembre, por el que se regula la organización y funciones del Instituto Asturiano de la Mujer.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorConsorcio de Aguas
Rango de LeyDecreto

Por Decreto 61/1999, de 10 de agosto, se creó, dependiente de la Consejería de la Presidencia, el Instituto Asturiano de la Mujer, como órgano desconcentrado encargado de desarrollar las funciones relacionadas con las acciones y medidas necesarias para hacer efectivo el principio de igualdad entre mujeres y hombres. Por Decreto 137/1999, de 16 de septiembre, se regula la organización y funciones del Instituto Asturiano de la Mujer. En dicha norma, se crea como órgano de consulta y participación el Consejo Regional de la Mujer del Principado de Asturias, cuya composición, funcionamiento y régimen jurídico se remite a una posterior resolución de la Consejería de la Presidencia.

Con el fin de dar cumplimiento a tal disposición se desarrolló un amplio debate con las asociaciones y entidades representativas de las mujeres en el Principado de Asturias, dirigido a consensuar las líneas generales de la composición y funcionamiento del órgano consultivo.

Como resultado de este proceso se acordó modificar la propia denominación del órgano de consulta.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de la Presidencia, y previo Acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 27 de julio de 2000, D I S P O N G O Artículo único : Los artículos 9 y 10 del Decreto 137/1999, de 16 de septiembre, por el que se regula la organización y funciones del Instituto Asturiano de la Mujer, quedan redactados de la siguiente forma: Artículo 9.-"

Organos de consulta y participación: Son órganos de consulta y participación: - El Consejo Asturiano de la Mujer.

- La Comisión de Seguimiento de las Políticas de Igualdad de Oportunidades".

Artículo 10 "

El consejo Asturiano de la Mujer: 1.-Se crea el Consejo Asturiano de la Mujer, como órgano de consulta, participación y de asesoramiento del Instituto Asturiano de la Mujer.

  1. -En el Consejo Asturiano de la Mujer se integrarán representantes de las entidades públicas, sindicatos, asociaciones de mujeres y entidades que trabajen específicamente en actividades de...

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