DECRETO 66/2004, de 5 de agosto, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Oficina de Actividades Festivas.

SecciónI - Principado de Asturias
Emisorde Vegadeo
Rango de LeyDecreto

La importancia que en nuestra Comunidad adquieren las polÌticas cuyo objetivo es facilitar a los ciudadanos la adecuada utilizaciÛn del ocio y del tiempo libre hace imprescindible que las Administraciones P˙blicas se doten de los medios humanos y tÈcnicos necesarios para la consecuciÛn de estos objetivos. La AdministraciÛn del Principado de Asturias, comprometida con el desarrollo de una sociedad plural y abierta, donde la propia cultura asturiana potencie nuestros mejores valores como Comunidad, considera imprescindible establecer los mecanismos que nos permitan definir programas que sirvan para potenciar las fiestas tradicionales de Asturias como elemento cultural y l˙dico, adem·s de establecer diversos elementos de colaboraciÛn con laAdministraciÛn Local, y otras entidades p˙blicas o privadas, para gestionar programas y actividades relacionadas con el ocio y el tiempo libre.

Por ello, resultÛ necesaria la creaciÛn de un Ûrgano especializado con el objetivo prioritario de ejecutar estas funciones y una naturaleza jurÌdica adecuada y que facilite la ejecuciÛn de los proyectos objeto del mismo.

AsÌ, el Decreto 85/2003, de 29 de julio, de estructura org·nica b·sica de la ConsejerÌa de Cultura, ComunicaciÛn Social y Turismo, establece como uno de sus Ûrganos desconcentrados la Oficina de Actividades Festivas, consider·ndose la misma como el instrumento idÛneo para el...

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