Acuerdo de 8 de mayo de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las modificaciones parciales de la relación de puestos de trabajo del personal de la Administración del Principado de Asturias, Organismos y Entes Públicos. [Cód. 2013-08937]

SecciónAutoridades y Personal
Rango de LeyAcuerdo

En el recurso contencioso-administrativo, P.A. 474/09, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Oviedo por la Unión de Sindicatos Independientes de Asturias (USIPA) contra la Resolución de 16 de octubre de 2009, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de la Administración del Principado de Asturias (BOPA de 23 de octubre de 2009), recayó sentencia n.º 180/2010, de fecha 11 de mayo de 2010, la cual fue confirmada por la sentencia de apelación n.º 261/2010, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de fecha 1 de abril de 2011, por la que, con estimación parcial de la demanda interpuesta, se declaró, por ser contraria a derecho, nula la base cuarta epígrafe cuarto de la convocatoria.

Por Resolución de 18 de mayo de 2011 de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno se dispuso la ejecución de la citada sentencia al haber adquirido firmeza (BOPA 30 de mayo de 2011).

En el curso del procedimiento de ejecución de aquella sentencia, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 4 de Oviedo, mediante Auto de 25 de marzo de 2013, declaró la obligación de publicar la nueva convocatoria antes del 31 de mayo de 2013.

La obligación citada surge durante la tramitación de un procedimiento de adecuación de la relación de puestos de trabajo a las estructuras orgánicas actuales, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 4/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, modificado por Decreto 23/2012, de 3 de diciembre, del Presidente del Principado, y los correspondientes decretos de estructura orgánica básica de cada Consejería.

La imposibilidad de concluir el citado procedimiento dentro del plazo fijado en el Auto de 25 de marzo de 2013 aconseja que se desgajen del mismo y se tramiten previamente con carácter urgente las modificaciones de los puestos de trabajo susceptibles de ser afectados por la convocatoria de obligada publicación, ya sea los que se amorticen y, por ende, no puedan convocarse, ya sea los que se modifiquen en su configuración o adscripción, de modo que puedan ofertarse correctamente.

Se incluyen en el expediente no sólo los puestos convocados en el año 2009, sino todos aquéllos puestos singularizados de...

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