Decreto 58/2010, de 30 de junio, de primera modificación del Decreto 77/2001, de 2 de agosto, por el que se establecen los precios públicos correspondientes a los servicios de transportes de viajeros y de mercancías del funicular de Bulnes, en Cabrales.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsejer
Rango de LeyDecreto

El artículo 79 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 establece con efectos desde el 1 de julio de 2010 y vigencia indefinida, modificaciones en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que se traducen en suma, en una elevación del tipo impositivo.

El Decreto 77/2001, de 2 de agosto, establece los precios públicos correspondientes a los servicios de transportes de viajeros y de mercancías del funicular de Bulnes, estando afectados por el incremento del tipo del impuesto sobre el Valor Añadido; dado que los precios correspondientes al transporte de viajeros llevan incluido el importe del IVA, procede por tanto efectuar una modificación en el Decreto 77/2001, dando nueva redacción al apartado 1 de su artículo 2.

De acuerdo con el artículo 16.1 del texto refundido de las Leyes de Tasas y Precios Públicos, aprobado por Decreto Legislativo 1/1998, de 11 de junio, el establecimiento, modificación o supresión de los precios públicos se realizará mediante Decreto del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, a propuesta conjunta de la Consejería competente en materia de hacienda y de la Consejería que en cada caso corresponda en razón de la materia.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 30 de junio de 2010,

DISPONGO

Artículo único —Modificación del Decreto 77/2001, de 2 de agosto, por el que se establecen los precios públicos correspondientes a los servicios de transportes de viajeros y de mercancías del funicular de Bulnes, en Cabrales.

Se modifica el apartado 1 del artículo 2 del Decreto 77/2001, de 2 de agosto, por el que se establecen los precios públicos correspondientes a los servicios de transportes de viajeros y de mercancías del funicular de Bulnes, en Cabrales, que queda redactado como sigue:

1.—Los precios públicos, con el impuesto sobre el valor añadido correspondiente incluido, para el transporte de viajeros, serán los que a continuación se detallan:

Tipo de viaje Importe euros
Vecinos de Bulnes
...

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