Ley 14/1999, de 3 de junio, de concesión de crédito extraordinario destinado a financiar las inversiones necesarias para garantizar el funcionamiento del Hospital del Oriente de Asturias «Francisco Grande Covián».

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorPresidencia del Principado
Rango de LeyLey
7512 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
ll-VI-99
rizaci6n servira de justificante 'al reconocimiento contable de
los correspondientes derechos en el presupuesto de ingresos
del Principado de Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos aquienes sea
de aplicaci6n esta Ley coadyuven a su cumplimiento, asi como
a todos los Tribunales yAutoridades
que
la guarden y la
hagan guardar.
Oviedo, a 3 de junio de
1999.-EI
Presidente del Prin-
cipado, Sergio Marques Fermindez
.-l1.398.
LEY
del
Principado
deAsturias
14/1999,
de3dejunio,
de
concesion
de
credito
extraordinario
destinado a
financiar las
inversiones
necesarias
para
garantizar
el
funcionamiento del
Hospital
del
Oriente
de Asturias
"Francisco
Grande
Covidn".
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Astu-
rias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey,
y de acuerdo con
10
dispuesto en el articulo 31.2 del Estatuto
de Autonomia de Asturias, vengo a promulgar la siguiente
Ley de concesi6n de credito extraordinario destin
ado
a finan-
ciar las inversiones necesarias
para
garantizar el funciona-
miento del Hospital del Oriente de Asturias "Francisco Gran-
de Covian",
PREAMBULO
Con el fin de ampliar la oferta sanitaria de Asturias en
10
que se refiere a asistencia hospitalaria, el Principado de
Asturias, visto que la zona oriental era la (mica que no dis-
ponfa de hospital, decidio acometer la construcci6n de uno
en Arriondas, que cubriera toda la zona del Oriente, y que
mejoraria notoriamente la atenci6n a la poblaci6n de dicha
zona, ya que hasta entonces la atenci6n hospitalaria se rea-
lizaba en los hospitales de la zona centro. EI Ayuntamiento
de Arriondas aport6 los terrenos sobre los que se construy6
el citado hospital, siendo a cargo del Principado de Asturias
todo el coste que supuso la construccion del hospital.
Para la gesti6n de este hospital se decidi6 constituir una
fundaci6n en la que participarian el Principado de Asturias,
el Ayuntamiento de Arriondas, asf como personas, entidades
einstituciones privadas.
Con fecha 12 de abril de 1995, el Consejo de Gobierno
del Principado de Asturias autoriz6 la participaci6n del Prin-
cipado de Asturias en la constituci6n de la fundaci6n del
Hospital del Oriente de Asturias "Francisco Grande Covian",
EI objetivo de esta fundaci6n sera la gesti6n del hospital
del
Or
iente de Asturias.
EI Principado de Asturias inicia tambien en esta fecha,
y como consecuencia del mismo acuerdo, las actuaciones
administrativas necesarias
para
materializar la cesi6n del
inmueble correspondiente al hospital comarcal del Oriente
de Asturias a la Fundaci6n del Hospital del Oriente de Astu-
rias "Francisco Grande Covian", asi como el equipamiento
que el Principado de Asturias adquiera con destino al hospital.
La Fundaci6n del Hospital del Oriente de Asturias "Fran-
cisco Grande Covian" tiene suscrito un convenio de gesti6n
con el INSALUD, mediante el cual la asistencia hospital aria
del area VI se realiza en el hospital comarcal del Oriente.
Es
por
tanto necesario garantizar el funcionamiento de dicho
hospital, ya que, como se ha expuesto anteriormente, es el
unico del Oriente de Asturias.
EI Principado de Asturias, dentro del marco del Programa
de Desarrollo Regional 1994-1999, tenia prevista la dotaci6n
de equipamiento del hospital del Oriente,
que
ascendia a
doscientos cincuenta millones de pesetas. En esta fecha el
Principado de Asturias concedi6 una subvencion a la fun-
dacion del hospital por doscientos diez millones de pesetas.
EI total de inversi6n realizada a 31 de diciembre de 1998
es de i65.100.000 pesetas,
10
que suponfa 355.100.000 pesetas
mas
d~
,lo
previsto inicialmente.
Es oportuno, visto
10
anteriormente expuesto, que el Prin-
cipado de Asturias asuma el coste de estas inversiones, con
el fin de garantizar el funcionamiento yasegurar el futuro
del hospital del Oriente.
Articulo l.--Concesion de
credito
extraordinario
Se concede un credito extraordinario con destino a finan-
ciar la inversi6n inicial del Hospital del Oriente de Asturias
"Francisco Grande Covian", aconsignar en la aplicacion
16.02-412P-781.00 "A la Fundaci6n Grande Covian", por
importe de 50.000.000 de pesetas.
Articulo 2.-Financiacionde
credito
extraordinario
Se autoriza al Consejo de Gobierno aconcertar opera-
ciones de credito a largo plazo 0emitir
deuda
publica por
importe de 50.000.000 de pesetas destinados a la financiaci6n
del credito extraordinario del articulo 1. Esta autorizaci6n
servira de justificante al reconocimiento contable de los
correspondientes derechos en el presupuesto del ingresos del
Principado de Asturias.
Por
tanto, ordeno atodos los ciudadanos aquienes sea
de aplicaci6n esta Ley coadyuven a su cumplimiento, asf como
a todos los Tribunales yAutoridades que la guarden y la
hagan guardar.
Oviedo, a 3 de junio de
1999.-EI
Presidente del Prin-
cipado, Sergio Marques
Fernandez.-l1.399.
CONSEJERIA DE ECONOMIA:
RECTIFICAClON de
error
habido en la publicacion
del
por elque se modi-
ficael
Decreto
45/92,
de21 demayo, de
precios
publicos,
en
10
correspondiente
a losde la Ciudad de
Vacaciones
de
Perlora.
Advertido
error
en la publicacion del texto del Decreto
10/1999, de4 de marzo,
por
el que se modifica el Decreto
45/92, de 21 de mayo, de precios publicos, en
10
correspon-
diente a los de la Ciudad de Vacaciones de Perlora (BO-
LETIN
OFICIAL
del Principado de Asturias n.? 71, de
26-3-99), se procede a su rectificaci6n en el siguiente sentido:
Pagina 3859
Dondedice:
7.-Aparcamiento:
"EI precio del aparcamiento de vehiculos apagar en la
barrera
de salida ascenders a la cantidad de quinientas pesetas
(500 ptas/vehfculo, 3,00 euros), IVA incluido, con limite de
estacionamiento de veinticuatro (24) horas .
Los residentes estan exentos de pago durante el tiempo
de duraci6n de su turno de estancia".

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