Ley 14/1984, de 19 de Diciembre de 1984 de Concesion de suplementos de Credito a la Seccion 13 de los Presupuestos generales del Principado para 1984.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorPresidencia del Principado
Rango de LeyLey
Jaoletin
~ficiat
DEL
PRINCIP
ADO
DE
ASTURIAS
Direcci6n: PALACIO REGIONAL
Y
DE
LA
PROVINCIA
Franqueo Concertado
Num. 294 Viernes, 21 de Diciembre de 1984
SUMARIO
Dep6sito Legal: 0/2532-82
!.-PRINCIPADO
DE
ASTURIAS
D1SPOSICIONES
GENERAL
ES
PRESIDENC IA DEL PRINCIP ADO:
Ley 14/1984, de 19 de diciembre, de concesion de
C\( suplementos de credito a la Seccion 13 de los Presu-
puestos Generales del Principado para 1984 4145
CONSEJERIA DE INTERIOR Y ADMINISTRACION TERRITOR IAL:
Previas a la ocupacion urgente, para imposici6n de
servidumbre de paso de energia electrica con moti vo
de obras de Linea M. T. Lena-Campomanes 4147
Informacion Publica sobre las obras de reelectrifi-
cacion de /llano, 2.aFase 4147
R.esoluci~ne~
por las q'!e se autorizan las insta/a-
ciones electricasque se cuan 4147
Decreto 138/84, de 29 de noviembre, por el que se
aprueba la constitucion de la Mancomunidad Muni-
cipal de Servicios del Valle del Nalon, integrada por
los Concejosde Caso, Langreo , Laviana, San Martin
del Rey Aurelio y Sobrescob io ..
ANUNCIOS
CONSEJER IA DE IND USTRIA Y COMERCIO :
Informacion Publica sobre ellevantamiento de Actas
4146 IV
.-ADMINISTRACION
LOCAL
..
V
.-A
DM1NISTRA
CION
DE
JUST/CIA
4148
4159
I. PRINCIPADO DE ASTURIAS
-
DISPOSICIONES
GENERALES
PRESIDE NCIA DEL PRINCIPADO:
10041
LEY
14/1984,de 19 de diciembre, de concesion de
suplementos de credito a la S eccion 13 de los Presu-
puestos G enerales del Principado para 1984.
EL
PRESIDENTE
DEL
PRINCIP
ADO
DE
ASTURIAS
Sea notorio que la
Junt
a
Gen
eral del Principado ha apro-
bado
, y yo , en
nombre
de Su Majestad el Re y, y de
acuerdo
con 10dispuesto en el articulo 31.2 del
Estatuto
de
Autono-
mia
para
Asturias, vengo en promulgar la siguiente Ley de
concesi6n de suplementos de credito a la Secci6n 13 de los
Presupuestos Generales del Principado
para
1984.
Exposici6n de motivos
En los Presupuestos
Generales
para
el ejercicio de 1984 se
fij6, como aportaci6n estimada del
Estado
para
la financia-
ci6n de los Planes de
Obras
yServicios, una cantidad de tres-
cientos treinta y
cuatro
millones doscientas mil pesetas, cifra
que
difiere de la definitivamente consignada en los Presu-
puestos Generales del
Estado
, que supone un incremento
sobre la aportaci6n estimada de ciento veinte millones ocho-
cientas cincuenta y dos mil pesetas, de las que cincuentay
cuatro millones seiscientas mil pesetas
incrementan
la previ-
si6n del Plan
Ordinario
ysesenta y seis millones doscientas
cincuenta y dos mil pe setas, la del Plan de Comarca de
Acci6n E special del Suroeste.
Estos
aumento
s de la aportaci6n del
Estado
conllevan el
incremento de la
aportac
i6n del Principado y de los Ayunta-
mientos de la regi6n en la proporci6n establecida legalmente
en materia de Planes de
Obras
yServicios,0sea , el doscien-
tos
setenta
y cinco
por
cien to de la parte del
Estado
en el Plan
Ordinario
, y el ciento se ten ta y cinco
por
ciento en los Planes
de las Comarcas de Acci6n Especial.
Con
el fin de
adaptar
las consignaciones existentes en los
Presupuestos
Generales
del Principado
para
1984 a la situa-
ci6n descrita, la
presente
Ley suplementa los creditos consig-
nados en la Secci6n 13
-Conseje
ria de
Interior
yAdminis-
traci6n
Territorial-
del vigente Presupuesto en la cantidad
de trescientos cincuenta ynueve mill
ones
ochocientas cin-
cuenta
ydos mil pesetas.
Texto
articulado
Articulo
1.o- Se conceden suplementos de credito
por
un
importe de 359.852 .000 pesetas (trescientos cincuenta y
nueve millones ochocientas cincuenta ydos mil pe setas) al
presupuesto en vigor de la Secci6n 13
-Consejeria
de
Inte
-
rior yAdministraci6n
Territorial-
con aplicaci6n a los con-
ceptos presupuestarios
que
se detailan a continuaci6n.
4146 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA 21-XII-84
a) Secci6n 13
-Servicio
01-
Concepto 611- "Pl an Ordi-
nario "
por
importe de )79.750.000 pesetas (ciento
setenta y nueve millones setecientas cincuenta mil
pesetas).
b) Secci6n 13
-Serv
icio
01-
Concepto 612- "Pla n
Comarca Acci6n Especial Suroeste" por importe de
180.102.000 pesetas (ciento ochenta millones ciento
dos mil pesetas) .
Art. 2.
0-La
financiaci6n de estos suplementos de credito
se realizara:
a) Mediante baja de la cantidad de 55 .000.000 pesetas
(cincuenta y cinco millones de pesetas) en la Secci6n 13
-Servicio
01-
Concepto 614 "Re serva Plan Adicional
Ordinario de Cooperaci6n".
b) Mediante baja de la cantidad de 14.000.000 pesetas
(catorce millones de pesetas) en la Secci6n 13
-Servi-
cio
01-
Concepto 615 "Reserva Plan Adicional
Comarca Acci6n Especial Suroeste".
c) Mediante baja de la cantidad de 10.000.000 pesetas
(diez millones de "pese tas) en la Secci6n 13
-Servicio
01;-
Concepto 616 "Reserva Plan Adicional Comarca
Acci6n Especial Picos de
Europa"
. "
d) Mediante baja de la cantidad de 20.000 .000 pesetas
(Veinte millones de pesetas) en la Secci6n 03
--Servi-
cio
01-
Concepto 333,1 "Intereses prestamos Banco
de Credito Local de Espana".
e) Mediante baja de la cantidad de 140.000.000 pesetas
(ciento cuarenta millones de pesetas) en la Secci6n 03
-Servicio
01-
Concepto 333,4 " Inter eses y otros gas-
tos de operaciones concertadas y a concertar".
f) Por medio del aumento de 120.852.000 pesetas (ciento
veinte millones ochocientas cincuenta y dos mil pese -
tas) en el concepto 711,02 del Estado de ingresos
"Aportaci6n del Estado a los Planes de Obras y Servi-
cios" por mayor importe de la aportaci6n.
Disposicion
final.-Esta
Lay entrara en vigor el mismo
dia de su publicaci6n en el
BOLETIN
OFICIAL
del Princi-
pado de Asturias y de la Provincia.
Por tanto,ordeno atodos los ciudadanos aquienes sea de
aplicaci6n esta Ley coadyuven a su cumplimento, asi como a
todos los Tribunales yAutoridades que la guarden y la hagan
guardar.
Oviedo, diecinueve de diciembre de mil novecientos
ochenta y
cuatro.-Pedro
de Silva Cienfuegos-lovellanos
.-
"9.787.
CONSEJERIA DE INTERIOR Y ADMINISTRACION TERRITORIAL:
10042
DECRETO
138/84, de 29 de noviembre,
por
el que
se aprueba la constitucion de la Mancomunidad
Municipal de Servicios del Valle del Na16n, integrada
por
los Concejos de"Caso, Langreo,Laviana, San
Martin del
Rey
Aurelio ySobrescobio ,
Los Ayuntamientos de Caso, Langreo, Laviana, San Mar-
tin del Rey Aurelio ySobrescobio, de la provincia de Astu-
rias, adoptaron acuerdos, con el qu6rum previsto en el apar-
tado 2.a) del articulo 3 .° de la Ley 40/1981, de28 deoctubre,
sobre regimen
jurfdico
de las Corporaciones Locales, de
constituir una Mancomunidad Municipal de Servicios del
Valle del
Nalon,
integrada
por
los Concejos del mismo nom-
bre , aprobando al propio tiempo el proyecto de Estatutos
para regir la citada mancomunidad.
Cada Ayuntamiento sustanci6 el expediente con obser-
vancia de los trarnites establecidos en la legislaci6n de regi-
men local, fundamentalmente contenidos en los articulos 10
por
el que se
aprueba el texto articulado parcial de la Ley
4111975,
de
Bases del Estatuto de Regimen Local,recogiendose en el
Proyecto de Estatutos de la Mancomunidad las previsiones
minimas exigidas en el articulo 14 del Real Decreto 3046n7,
anteriormente citado.
Emitido el preceptivo dictamen
por
el Consejo de Estado,
no se aprecian sobre el contenido del citado Proyecto de
Estatutos razones sustanciales que impidan su aprobaci6n
definitiva, si bien se considera conveniente matizar, mediante
la formulaci6n de las oportunas observaciones, que los fines
para
los
que
la Mancomunidad es creada han de estar inclui-
dos en el ambito de la gesti6n municipal conforme a la legis-
laci6n en cada
momenta
vigente , y
dejar
recogida en f6rmula
mas general la posibilidad de que la Mancomunidad atienda
nuevos servicios de la competencia municipal.
En su virtud, de conformidad con el dictamen del Consejo
de Estado, a propuesta del Consejero de Interior yAdminis-
traci6n Territorial, yprevio acuerdo del Consejo de
Gobierno en su reuni6n de 29 de noviembre de 1984,
DISPONGO:
Articulo 1.
°--Se
aprueba la constituci6n yEstatutos de la
Mancomunidad de Servicios del Valle "del Nal6n, integrada
por
los Concejos de Caso, Langreo, Laviana, San Martin del
Rey Aurelio ySobrescobio, con la finalidad de solucionar
problemas comunes a traves de procedimientos de economia,
eficacia y coordinaci6n, creando ysosteniendo servicios que
les interesan y, en especial, los siguientes:
-Oficina Tecnica de Gesti6n yCoordinaci6n Urbanfstica
Medio Ambiental.
-Mecanizaci6n Informatica.
-Servicio de Prevenci6n yExtinci6n de Incendios.
-Centros
de Asistencia Primaria,(Planificacion Familiar).
-Universidad Popular.
-Servicios Turfsticos,
-Servicios Deportivos.
-Matadero.
-Recaudaci6n
ejecutiva.
-Abastecimiento de aguas.
-Escuela
de Musica.
Art. 2.°
1. No obstante
10
dispuesto en el articulo anterior, la
aprobaci6n de los Estatutos de la Mancomunidad quedara
condicionada a la introducci6n en los mismos de las matiza-
ciones oportunas recibiendo los fines especfficos de la Man-
comunidad al ambito de la gesti6n municipal ypreviendo en
forma mas
generalla
posibiiidad de prestaci6n de nuevos ser-
vicios,
para
10que se sugieren las siguientes modificaciones:
a) Ariadir al final del primer parrafo del articulo 8.° el
siguiente texto: ".. .en cuanto incluidos en el ambito de
gesti6n municipal, segun los terminos de la legislaci6n
del
Estado
y de la Comunidad Aut6noma en cad a
momenta
vigentes."
b) Sustituir el texto del articulo 9.°
por
el siguiente:
"La
Mancomunidad podra atender, en su dia, nuevos servi-
cios de competencia municipal conviniendo, en tales
casos, las f6rmulas de prestaci6n que salvaguarden los
derechos de los Concejos no interesados en ellos" .
2. Sobre el condicionado a que se refiere el apartado
anterior
deb
era recaer acuerdo de los Ayuntamientos intere-
sados, adoptado con el voto favorable de la mayoria absoluta
legal de sus miembros, atenor del articulo 3.° 2.a) de la Ley
40/1981, de 28 deoctubre. Si los acuerdos corporativos acep-
taran
integramente las sugerencias formuladas se entenderan

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