Ley 10/1999, de 3 de junio, de concesión de crédito extraordinario destinado al Pacto territorial para el empleo en las comarcas mineras en Asturias y de la concesión de suplemento de crédito destinado a los programas de incentivos al empleo en el sector privado.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorPresidencia del Principado
Rango de LeyLey
7508 BOLETIN
OFICIA$'DEL
PRINCIPADO DE ASTURIAS 11-VI-99
En los ejercicios precedentes se han concedido subven-
ciones a un total de 1.052 proyectos durante 1997, con
una
dotaci6n de 3.591 millones de pesetas, y de 1.375 proyectos
a
10
largo de 1998, con una dotaci6n de 3.560 millones de
pesetas. .
Articulo 1.-e-Concesionde suplemento de credito I
Se concede un suplemento de credito con destino a la
concesion de ayudas a empresas en la Comunidad Aut6noma,
a consignar en la aplicaci6n presupuestara 12.03-724D-771.02,
"Ayudas
financieras
a
empresas",
por
importe
de
1.500.000.000 de pesetas.
Articulo 2.-Financiacion del suplemento de credito
Se autoriza al Consejo -de Gobierno aconcertar opera-
ciones de credito a largo plazo 0emitir deuda publica por
importe de 1.500.000.000 de pesetas, destinadas a la finan-
ciaci6n del suplemento de credito referido en el articulo 1.
Esta autorizaci6n servira de justificante al reconocimiento
contable de los correspondientes derechos en el presupuesto
de ingresos del Principado de Asturias.
Par
tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea
de aplicaci6n esta Ley coadyuven a su cumplimiento, asf como
a todos los Tribunales yAutoridades que la guarden y la
hagan guardar.
Oviedo,
a3
de junio de 1999
.-EI
Presidente del Prin-
cipado, Sergio Marques Fernandez
.-l1.393
.
LEY
del Principado de Asturias 9/1999, de 3de junio,
de concesi6n de suplemento de credito destinado a
financiar la ampliaci6n de capital de
SODECo.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Astu-
rias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey,
y de acuerdo can
10
dispuesto en el articulo 31.2del Estatuto
de Autonomfa de Asturias, vengo a promulgar la siguiente
Ley de concesi6n de supIemento de credito destinado a finan-
ciar la ampliaci6n de capital de SODECO.
PREAMBULO
EI Principado de Asturias , como consecuencia de los pac-
tos derivados de la Mesa de reindustrializaci6n de las comar-
cas mineras, asumi6 el compromiso de participar en un cin-
cuenta par ciento en eI capital social de la Sociedad para
el Desarrollo de las Comarcas Mineras, SA, SO DECO (el
otro cincuenta par ciento corresponde aHUNOSA). La
Socicdad para el Desarrollo de las Comarcas Mineras (SO-
DECO) se constituy6 mediante escritura publica el 13 de
octubre de 1988, can un capital social de quinientos millones
de pesetas. EI objeto social de dicha sociedad es el desarrollo
econ6mico de las comarcas mineras de la zona central de
Asturias y, en concreto, de los municipios situados en el area
de actividad empresarial de Hulleras del Norte, S.A. (HU -
NOSA).
La participaci6n del Principado de Asturias en SODECO
se instrument6 desde su inicio a traves de la Sociedad Regio-
nal de Promocion del Principado de Asturias, S.A. (SRP),
participada a su vez por el Principado de Asturias en un
53,11 por ciento. La SRP tiene por objeto, entre otros, "la
promoci6n de inversiones en la regi6n, participando en el
capital de sociedades a constituir 0ya existentes".
Desde su constituci6n, la juntageneral de SODECO acor-
d6 varias ampliaciones de capital, la primera en 1994, por
dos mil millones de pesetas, y la segunda en 1996, por importe
de novecientos millones, elevando el capital a los tres mil
cuatrocientos millones de pesetas, que es el capital actual
de la sociedad. Con el fin de dotar de credito suficiente a
la Sociedad Regional de Promoci6n (SRP) para suscribir
acciones de SODECO, tanto en la constitucion de la sociedad
como en las sucesivas ampliaciones, el Principado de Asturias,
a traves del program a 723B, "Modernizaci6n industrial", con-
cedi6 subvenciones a la SRP ,
pOT
los importes necesarios
para hacer frente a dichas suscripciones de acciones.
En eI afio 1998 se pone de manifiesto
par
los accionistas
de la Sociedad por la Reindustrializaci6n de las Comarcas
Mineras (SODECO) la necesidad de realizar una nueva
ampliaci6n de capital
pOT
ochocientos millones de pesetas ,
con
10
que el capital de est a sociedad pasaria a ser de cuatro
mil doscientos millones de pesetas.
A la vista de que tanto en la constitucion como en las
sucesivas ampliaciones de capital de SODECO el Principado
de Asturias ha concedido una subvenci6n a la SRP para que
esta financie la adquisicion de acciones de SODECO, en
esta nueva propuesta de ampliaci6n de capital de SODECO
es aportuno acudir al mismo procedimiento;
pOT
tanto, desde
la aplicaci6n presupuestaria 12.05-723B-741.00 ("A la Socie-
dad Regional de Promoci6n. Convenios") se pretende realizar
una subvenci6n a la SRP, con el fin de dar cobertura al
coste que supone esta nueva ampliacion de capital de
SODECO.
La Ley tiene
pOT
objeto dar cobertura al coste que supone
la ampliaci6n del capital de SODECO, mediante la concesion
de un suplemento de credito por importe de 200.000.000 de
pesetas al programa 723B, "Mode rnizacion industrial", desde
el cual se va a realizar una transferencia a la Sociedad Regio-
nal de Promoci6n para que esta financie la ampliaci6n de
capital de SODECO.
Articulo
1.-Concesion
de suplemento de credito
Se concede un suplemento de credito can destino a finan-
ciar la ampliaci6n de capital de SODECO, a consignar en
la aplicaci6n presupuestaria 12.05-723B-741.00, "A la Socie-
dad Regional de Promoci6n . Convenios", por importe de
200.000.000de pesetas.
Articulo 2.-Financiacion del suplemento de credito
Se autoriza al Consejo de Gobierno aconcertar opera-
ciones de credito a largo plazo 0emitir deuda publica, por
importe de 200.000.000 de pesetas, destinadas a la finan-
ciaci6n del suplemento de credito referido en eI articulo 1.
Esta autorizaci6n servira de justificante al reconocimiento
contable de los correspondientes derechos en el presupuesto
de ingresos del Principado de Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea
de aplicaci6n esta Ley coadyuven a su cumplimiento, asi como
a todos los Tribunales yAutoridades que la guarden y la
hagan guardar.
Oviedo, a 3 de junio de 1999
.-EI
Presidente del Prin-
cipado, Sergio Marques
Fernandez.-l1.394
.
LEY
del Principado de Asturias 10/1999, de 3de junio,
de concesion de creditoextraordinario destinado alPac-
to territorialpara el empleo en las comarcas mineras
en Asturias yde la concesion de suplemento de credito
destinado a los programas de incentivos al empleo en
el sectorprivado.
ll-VI-99
BOLETIIll OFiCIAL DEL PRINCi.F1tDO DE ASTURIAS 7509
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Astu-
rias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey ,
y de acuerdo con
10
dispuesto en el articulo 31.2 del Estatuto
de Autonomia de Asturias, vengo a promulgar la siguiente
Ley de concesion de credito extraordinario destinado al Pacto
territorial para el empleo en las comarcas mineras en Asturias
y de la concesion de suplemento de credito destinado a los
programas de incentivos al empleo en el sector privado.
PREAMBULO
La Agencia para la Prornocion del Empleo es el organo
desconcentrado de la Consejerla de Economia que asume
las funciones de ejecucion de las politicas de promocion de
empleo del Principado de Asturias,definidas en el articulo
2 del Decreto 9/1997, de 13 de febrero, de creacion de la
misma.
Entre las acciones que la Agencia ha venido desarrollando
en su ambito de competencias, destaca su papel dinamizador
en la negociacion y firma del denominado Pacto territorial
para el empleo en las comarcas mineras de Asturias.
El 26 de enero de 1998 se suscribe
por
la Adm inistracion
del Principado de Asturias, FADE,
UGT,
CCOO
y FAC el
pacto, que plasma el consenso de los firmantes en favor del
empleo ycompromete la ejecucion de una serie de medidas
agrupadas en diversas lineas de actuacion, condicionandolo
a la cofinanciacion con cargo a fondos estructurales. Si b ien
el mencionado programaoperativo se encuentra pendiente
de aprobacion definitiva por la Cornision Europea, esta pre-
visto que su vigencia sea muy reducida, ya que deberian estar
comprometidos los creditos a 31 de diciembre de 1999.
Considerando que los pactos fueron aprobados ya iniciado
el ejercicio presupuestario 1998, estes no figuraban en los
creditos iniciales del presupuesto para 1998 ni por ello en
la prorroga de los mismos durante 1999. Por ella se precisa
dotar su financiacion en la parte correspondiente a la apor-
tacion del Pr incipado de Asturias, sin perjuicio de tramitar
cuando se apruebe definitivamente el programa operativo
de los pactos la habilitacion del restante credito para atender
la ejecucion del total.
Por otra parte, desde su constitucion, la Agencia
para
la Prornocion del Empleo ha asumido la gestion de los pro-
gramas de incentivos al em pieo en el sector privado . AI efecto
se han efectuado dos convocatorias de subvencion, dando
cobertura a las contrataciones efectuadas entre
elide
enero
de 1996 y el 30 de septiernbre de 1998. EI pago de la sub-
vencion se establece al afio de la contratacion subvencionada,
es decir, se abonara en el ejercicio presupuestario posterior
al que se efectuo el contrato .
Por ella, con el credito del presupuesto prorrogado duran-
te 1999 debera atenderse el pago de los contratos de 1998
y, en su caso, aprobar una nueva convocatoria para 1999.
Sin embargo, dicho credito se estima insuficiente a estos efec-
tos, debido a que la convocatoria de 1998 origin6 la apertura
ytrarnitacion de mas de cinco mil expedientes. Para su finan-
ciacion se requiere suplementar el credito, dotado en 750
millones de pesetas.
La Ley tiene por objeto poder dotar el credito necesario
para desarrollar el Pacto territorial para el empleo en las
comarcas mineras,
para
10
que se concede un credito extraor-
dinario por importe de 650 millones de pesetas, yatender
los programas de incentivos al empleo en el sector privado,
y por tanto se concede un suplemento de credito por importe
de 750 millones de pesetas.
Articulo
1.--Concesi611!i1e
credito
extraordinario
Se concede un
credt~
extraordinario con '.destino al
desarrollo del Pacto
territ~al
para el empleo en las comarcas
miseras por importe de
/iSD.000.000
de pesetas, distribuyen-
dose
entre
las siguientes
a:p~icaciones:
.
12.07-322A-61O.05 Pacto Territorial. Aplicaciones infor-
m8ticas. .
12.07
-322A-61O.09
Pacto Territorial. Otros gastos aso-
ciados.
),2.07-322A-620.06 Paeto Territorial. Mobiliario.
12.07-322A-620.07 Paero Territorial. Equipos'[para pro-
cesos de informacion.
12.07-322A-620.08 Paeso Territorial. Elementos de trans-
porte.
12.07-322A-761.02 Subvenciones. Pacto Territorial.
12.07-322A-771.02Subvenciones. Pacto Territorial.
12.07-322A-781.02Subvenciones. Pacto Territorial.
Articulo 2.--Concesi6n de suplementode
credito
.Se concede un suplemento de credito para atender los
pregramas de incentivos al empleo en el sector 'privado, a
consignar en la aplicacion presupuestaria 12.07-322-771.01,
"N
empresas
para
la creacion de empleo", por importe de
75(1000.000 de pesetas.
Articulo 3.-Financiaci6n del
credito
extraordinario
ysuple-
mento de
credito
Se autoriza al Consejo de Gobierno aconcertar opera-
ciones de credito a largo plazo 0emitir deuda publica por
importe de 1.400.000.000 de pesetas, destinadas a la finan-
ciacion del credito extraordinario ysuplemento de credito
referidos en los artlculos 1 y 2, respectivamente.Esta auto-
rizaci6n servira de justificante al reconocimiento contable de
los correspondientes derechos en el presupuesto de ingresos
del Principado de Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos aquienes sea
de .aplicacion estaLey coadyuven a su cumplimiento, asi como
atodos los Tribunales y .Autor idades que la guarden y la
hagan guardar.
Oviedo, a 3 de junio de
1999.-EI
Presidente del Prin-
cipado, Sergio Marques
Fernandez.-l1.395.
LEY
delPrincipado deA
sturias
11/1999,
de 3dejunio,
de concesion de suplemento de
credito
destin
ado a
financiar
diversos
programas de
cooperacion
al
desarro-
llo.
EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Sea notorio que la Junta General del Principado de Astu-
rias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey,
y de acuerdo con
10
dispuesto en el articulo 31.2 del Estatuto
de Autonomia de Asturias, vengo a promulgar la siguiente
Ley de concesion de suplemento de credito destinado a finan-
ciar diversos programas de cooperacion al desarrollo.
PREAMBULO
La cooperaci6n al desarrollo responde a un deber etico
de solidaridad entre los pueblos ya un proposito de cola-
boracion de los pafses mas desarrollados con los de menos
recursos, orientado a su crecimiento econornico, a una mejor
distribucion de la riqueza y a la mejora de las condiciones
de vida.

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