Decreto 89/2002, de 4 de julio, por el que se acepta una parcela de 206 m2 denominada "El Huerto", sita en Villabre, cedida al Principado de Asturias por el Ayuntamiento de Yernes y Tameza, con destino a la construcción de un inmueble para la prestación de servicios sociosanitarios.

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento de Yernes y Tameza, en sesión del Pleno Municipal celebrada el día 30 de septiembre de 1999, acordó por unanimidad ceder gratuitamente al Principado de Asturias una parcela de 206 m2 denominada "El Huerto", sita en Yernes y Tameza, para la construcción de un Centro de Servicios Sociales. El 22 de marzo de 2002 se aprobó propuesta de rectificación del acuerdo, sustituyendo la expresión "centro de servicios sociales" por "inmueble para la prestación de servicios sociosanitarios".

La finca está valorada en la cantidad de seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12 euros).

El artículo 26 de la Ley 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio del Principado de Asturias, establece que las adquisiciones de bienes por el Principado, a título de donación, no se producirán sino en virtud de Decreto, acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda, previo Acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 4 de julio de 2002, D I S P O N G O

Artículo 1 ¿Se acepta una parcela de 206 m2 denominada "El Huerto", sita en Villabre, cedida al Principado de Asturias por el Ayuntamiento de Yernes y Tameza, con destino a la construcción de un inmueble para la prestación de servicios sociosanitarios

Dicha parcela se describe como sigue: "Parcela rústica de 206 m2 denominada El Huerto, ubicada en la localidad de Villabre...

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