ACUERDO de 19 de septiembre de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias. [Cód. 2012-17228]

SecciónAutoridades y Personal
Rango de LeyAcuerdo

El Decreto 4/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado de Asturias, determina la reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias al objeto de conseguir la máxima eficacia en la acción del gobierno y la mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración del Principado de Asturias. Asimismo, desarrollando la disposición final Primera del citado Decreto, el Consejo de Gobierno aprobó los Decretos reguladores de la estructura orgánica básica de cada una de las Consejerías que integran la Administración autonómica a través de los cuales se procedió a determinar las concretas competencias que son asumidas por cada una de ellas así como la adscripción de los diferentes servicios y unidades administrativas a las mismas.

Esta circunstancia hace necesario proceder a la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias dependiente de las Consejerías afectadas, recogiendo las modificaciones derivadas de las nuevas estructuras y configurando los puestos de trabajo directamente relacionados con las mismas, esto es, en lo que afecta a las jefaturas de las unidades con nivel orgánico de Servicio así como a los puestos inmediatamente dependientes de los titulares de las Consejerías, Viceconsejerías, Direcciones Generales y asimilados, como es el caso de las Secretarías de Despacho. Los puestos de trabajo afectados se configuran en relación con el sistema de provisión mediante la libre designación al estar incluidos en los supuestos previstos en los apartados a) y b) del punto 3 del artículo 51 de la Ley 3/1985 de la Administración del Principado de Asturias, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública.

Además de procederse a la acomodación de los mencionados puestos a las nuevas estructuras orgánicas se ha procedido a la modificación de la configuración de alguno de ellos de acuerdo con el ejercicio de funciones encomendadas a las unidades administrativas de las que dependen directamente según los decretos de estructura orgánica.

Los mencionados cambios se detallan pormenorizadamente en el informe elaborado por la Dirección General de la Función Pública que forma parte de este expediente.

En consecuencia con lo expuesto, a iniciativa de las distintas Consejerías y a propuesta de la Consejería de Hacienda y Sector Público, tratado el expediente en la Mesa General de Negociación de...

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