Decreto 145/2007, de 1 de agosto, de estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura y Turismo.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyDecreto

El Decreto 14/2007, de 12 de julio, del Presidente del Principado, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, fija las Consejerías en que se organiza la Administración del Principado de Asturias. Entre ellas se encuentra la Consejería de Cultura y Turismo, a la que corresponden las funciones atribuidas a la extinta Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo excepto las relativas a medios de comunicación social y a la coordinación de las campañas institucionales y de sensibilización social promovidas por el Consejo de Gobierno.

En su disposición final primera el Decreto citado dispone que los titulares de las Consejerías afectadas por la reestructuración someterán al Consejo de Gobierno el correspondiente proyecto de Decreto regulador de la estructura orgánica de la respectiva Consejería, en la que se determinará la adscripción de los diferentes servicios a la misma.

La presente norma de organización da cumplimiento al citado mandato estableciendo los órganos necesarios para el ejercicio de las funciones que a la Consejería competen, siendo de destacar, como novedades más sobresalientes la creación de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el ejercicio y desarrollo de las políticas relativas a la conservación, protección, investigación, enriquecimiento, fomento y difusión del Patrimonio Cultural, encomendándole, asimismo, las competencias de la Comunidad Autónoma relativas a archivos y museos y la configuración de la Agencia para el desarrollo de proyectos culturales como órgano desconcentrado encargado de diseñar, planificar, promocionar, gestionar, desarrollar y ejecutar proyectos en materia cultural y artística de relevancia singular.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, previo Acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de agosto de 2007, DISPONGO I. Organización General de la Consejería

Artículo 1 —Estructura general.
  1. —La Consejería de Cultura y Turismo se estructura, para el desarrollo de sus funciones, bajo la dirección superior de su titular, en los siguientes órganos administrativos de nivel superior: a) Órganos centrales: 1.º Secretaría General Técnica.

    1. Dirección General de Promoción Cultural y Política Lingüística.

    2. Dirección General de Patrimonio Cultural.

    3. Dirección General de Turismo.

    4. Dirección General de Deportes.

      1. Organismos autónomos: 1.º Centro Regional de Bellas Artes.

    5. Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias.

    6. Consejo de la Juventud.

      1. Órganos desconcentrados: 1.º Agencia para el Desarrollo de Proyectos Culturales.

    7. Instituto Asturiano de la Juventud.

    8. Filmoteca de Asturias.

    9. Archivo Histórico de Asturias.

    10. Biblioteca de Asturias Ramón Pérez de Ayala.

    11. Oficina de Actividades Festivas.

  2. —Adscritos a la Consejería de Cultura y Turismo, se encuentran los siguientes órganos de asesoramiento y apoyo.

    1. Consejo Asesor de Turismo del Principado de Asturias.

    2. Comisión de Inversiones con cargo al uno por ciento cultural en obras públicas.

    3. Junta Asesora de Toponimia del Principado de Asturias.

    4. Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias.

    5. Comisión de Valoración de Bienes del Patrimonio Cultural de Asturias.

    6. Comisión Asesora del Museo Barjola de Gijón.

    7. Junta Asesora de la Estación Invernal y de Montaña de Valgrande-Pajares.

    8. Consejo Asesor de Deportes del Principado de Asturias.

    9. Consejo Asturiano de las Artes y las Ciencias.

  3. —La Consejería de Cultura y Turismo ejercerá las facultades que correspondan al Principado de Asturias en relación con el Consorcio para la Gestión del Museo Etnográfico de Grandas de Salime.

  4. —La Academia de la Llingüa, se relaciona con la Comunidad Autónoma a través de la Consejería Cultura y Turismo.

  5. —La Consejería de Cultura y Turismo ejercerá las competencias y funciones que corresponden al Principado de Asturias en relación con el Real Instituto de Estudios Asturianos.

  6. —La Consejería de Cultura y Turismo ejercerá las competencias a que se refiere el artículo 67 de la Ley del Principado de Asturias 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio del Principado de Asturias, en relación con las siguientes empresas públicas: a) Sociedad Inmobiliaria del Real Sitio de Covadonga, S.A.

    1. Hostelería Asturiana, S.A. (HOASA).

    2. Gestión de Infraestructuras Culturales, Turísticas y Deportivas del Principado de Asturias, S.A.

  7. —La Consejería de Cultura y Turismo, participará en la gestión y dirección de la Sociedad Regional de Turismo a través de la representación que proceda en sus órganos sociales.

  8. —Para asistir a quien sea titular de la Consejería en la determinación de las directrices de actuación de los Centros directivos y en la coordinación de las actuaciones de la Consejería, funcionará, como órgano interno, un Consejo de Dirección, que estará presidido por quien sea titular de la Consejería y del que formarán parte los titulares de los órganos centrales y desconcentrados de la Consejería con rango, al menos, de Dirección General, sin perjuicio de la asistencia a sus reuniones del personal de la Consejería que, en cada caso, sea convocado por la Presidencia.

    1. Secretaría General Técnica

Artículo 2 —Funciones y estructura.
  1. —Corresponde a la Secretaría General Técnica la dirección de los servicios comunes de la Consejería, así como la asistencia a su titular, en la elaboración y aprobación de los planes de actuación del departamento.

  2. —Además de las funciones enunciadas en el apartado anterior, se atribuyen a la Secretaría General Técnica las siguientes: a) El estudio, informe y, en su caso, elaboración de los proyectos de disposiciones de carácter general que corresponda dictar o proponer a la Consejería, así como la realización de informes relativos a los asuntos que se sometan al Consejo de Gobierno, Comisiones Delegadas y Comisión de Secretarios Generales Técnicos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR