Decreto 57/2011, de 22 de junio, por el que se crea el Centro Público de Educación Básica de Posada de Llanes. [Cód. 2011-12927]

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, aprobado por la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, y reformado por las Leyes Orgánicas 1/1994, de 24 de marzo, y 1/1999, de 5 de enero, en su artículo 18.1 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo, con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que lo desarrollen.

Por su parte, el artículo 17 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, atribuye al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, en el ámbito de sus respectivas competencias, la creación y supresión de centros públicos, artículo que sigue vigente tras la aprobación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Con la creación de este Centro se pretende dar respuesta a la demanda de la sociedad y propicia la escolarización al lugar de residencia.

De acuerdo con el artículo 34 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, se omite el trámite de observaciones por razones de urgencia, apreciada por el Consejo de Gobierno, en tanto en cuanto las necesidades de escolarización para el curso 2011/2012 y siguientes, aconsejan abordar la ampliación del centro docente de referencia para el próximo curso.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 22 de junio de 2011.

DISPONGO

Artículo 1 Creación del Centro Público de Educación Básica de Posada de Llanes.

Se crea el Centro Público de Educación Básica de Posada de Llanes, por transformación del Centro de Educación Infantil y Primaria “Santa María de Valdellera” de la misma localidad.

Artículo 2 Estructura y funcionamiento del Centro.

La estructura y funcionamiento del Centro que se crea, se adaptará a lo establecido en el Decreto 63/2001, de 5 de julio por el que se aprueba...

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