DECRETO 95/2004, de 2 de diciembre, disponiendo la aceptación de dos parcelas de terreno sitas en Langreo centro, con destino a la construcción de una piscina climatizada y auditorio.

SecciónI - Principado de Asturias
Emisorde Vegadeo
Rango de LeyDecreto

El Ayuntamiento Pleno de Langreo, en sesión celebrada el día treinta de octubre de dos mil tres, acordó ceder gratuitamente, a favor del Principado de Asturias, dos parcelas de terreno de propiedad municipal, con una superficie de 9.992,68 m2 y 4.968,89 m2 respectivamente, sitas en Langreo- centro, con destino a la construcción de una piscina climatizada y auditorio.

El artículo 26 de la Ley del Principado de Asturias 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio del Principado de Asturias, preceptúa que las adquisiciones de bienes y derechos por el Principado, a título de donación, no se producirán sino mediante su aceptación por Decreto acordado en Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Administración Pública y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 2 de diciembre de 2004, D I S P O N G O Artículo único.¿ Aceptar la cesión de dos parcelas de terreno sitas en Langreo centro, con una superficie de 9.992,68 m2 y 4.968,89 m2 respectivamente, cedidas por el Ayuntamiento de Langreo al Principado de Asturias por acuerdo del Ayuntamiento en Pleno de 30 de octubre de 2003, con destino a la construcción de una piscina climatizada y auditorio, en los términos del acuerdo de cesión referido.

Dichas parcelas se describen como sigue: Urbana. Parcela número 16. Parcela de equipamiento 13, ED-13, resultante de la ordenación establecida por el Plan Especial de Reforma Interior de Langreo Centro. Tiene forma sensiblemente rectangulary una extensión superficial de nueve mil novecientos noventa y dos metros y sesenta y ocho decímetros cuadrados. Con destino ¿equipamiento deportivo¿, tal como se establece en el definitivamente aprobado Plan Especial. Linda: Al Norte, con terrenos de sistema viario general y aceras, ZVG, resultado de la ordenación urbanística establecida por el definitivamente aprobado Plan Especial en el que se integra; al Sur, en parte con parcela de equipamiento deportivo, ED-15, y en parte con terrenos de reserva de cauce, RC1, siendo todo ello resultado de la ordenación urbanística establecida por el definitivamente aprobado Plan Especial en el que se intrega; al Este, en parte con parcela de conservación de la ordenación, CE-10, y en parte con terrenos de sistema viario estructurante, RV, siendo todo ello resultado de la ordenación urbanística...

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