DECRETO 97/2006, de 3 de agosto, disponiendo la adquisición del derecho de propiedad de marca de garantía denominada "Mueble de Asturias"

SecciónI - Principado de Asturias
Emisorde Viladecans
Rango de LeyDecreto

Por la Consejería de Industria y Empleo, se interesa la adquisición, a favor del Principado de Asturias, del derecho de marca de garantía denominada ?Mueble de Asturias?, para su utilización por una pluralidad de empresas bajo el control y la autorización del Principado de Asturias.

El derecho de propiedad sobre la marca se adquiere por el registro válidamente efectuado de conformidad con las disposiciones de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

El artículo 62 de la Ley 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio del Principado de Asturias, establece que la adquisición y enajenación de la propiedad intelectual e industrial se llevará a cabo mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero de Economía y Administración Pública.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Administración Pública, previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 3 de agosto de 2006, D I S P O N G O Artículo Único.? Adquirir, una vez efectuado válidamente el registro de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, la propiedad sobre la marca de garantía denominada ?Mueble de Asturias?, representada gráficamente mediante el logotipo que se incorpora como anexo.

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