Resolución de 26 de febrero de 2014, del Director del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueban los itinerarios formativos para Policías Locales del Principado de Asturias y el Programa Formativo de la Escuela de Seguridad Pública para Policías Locales del Principado de Asturias en el año 2014. [Cód. 2014-03813]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho

La Constitución Española de 1978 en su artículo 149,1-29 refiere expresamente a la seguridad pública, considerando su mantenimiento como presupuesto esencial para garantizar el primero y más importante de los derechos fundamentales de la persona, cual es el derecho a la vida y a la integridad física, siendo obligación de los poderes públicos establecer las condiciones necesarias para el cumplimiento de tal finalidad.

En este sentido la Administración del Principado de Asturias cumpliendo con el mandato de contenido en el título V capítulo VI de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública que reconoce expresamente el derecho a la formación y perfeccionamiento del personal funcionario y laboral de la Administración del Principado de Asturias, ha de acometer la planificación y ejecución de las actividades formativas dirigidas a aquellos grupos y colectivos que desarrollan su tarea dentro del ámbito de la seguridad pública, entendiendo como tal al conjunto de políticas tendentes a evitar la producción de daños a las personas o en sus bienes o a reparar los efectivamente causados.

El Pleno de la Junta General del Principado de Asturias, en sesión celebrada el día 22 de marzo del 2007, aprobó el texto de la Ley de Coordinación de las Policías Locales del Principado de Asturias, contemplando ésta en su artículo 36 la creación de la Escuela de Seguridad Pública de Principado de Asturias, la cual tiene a su cargo la formación dirigida al perfeccionamiento profesional, a la promoción y a la especialización de los miembros de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma y de aquellos otros colectivos que desarrollen su actividad en el ámbito de la seguridad pública, en el marco de la planificación general que en materia de formación del personal al servicio de la Administración Pública tiene encomendado el Instituto Asturiano de Administración Pública Adolfo Posada.

El Decreto 72/2012, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Hacienda y Sector Público y el 15/2012, de 8 de marzo, por el que se regula la Organización del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, incluyendo a la Escuela de Seguridad Pública como una de las unidades, con nivel orgánico de Servicio y atribuyéndole la ejecución de las acciones de formación dirigida al perfeccionamiento profesional, a la promoción y a la especialización de los miembros de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma y de aquellos otros colectivos que desarrollen su actividad en el ámbito de la seguridad pública.

Con el objetivo de cubrir las necesidades formativas de la Policía Local del Principado de Asturias, en aras a cumplir de una forma eficaz y eficiente con la obligación de Servicio Público que tal personal tiene encomendado, la ESPPA ha diseñado 8 Itinerarios Formativos para la Policía Local del Principado (Anexo I), cuya implantación será progresiva, adaptándose a los mismos el Programa Formativo que la ESPPA oferta para Policías Locales en el año 2014 (Anexo II y III).

Vistos los Decretos 4/2012, de 26 de mayo del Presidente del Principado de Asturias de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, el Decreto 5/2012 de 26 de mayo, del Presidente del Principado, por el que se nombran a los miembros del Consejo de Gobierno y la Resolución de 25 de julio de 2012 de la Consejería de Hacienda y Sector Público por la que se delegan competencias en el titular de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”.

Una vez cumplimentado a lo preceptuado en el artículo 15, apartado e, de la Ley de Coordinación de Policías Locales del Principado de Asturias.

RESUELVO

Primero.—Aprobar los Itinerarios Formativos para la Policía Local del Principado de Asturias, recogidos en el anexo I, así como el programa de actividades formativas de la Escuela de Seguridad Pública para Policías Locales del Principado de Asturias en el año 2014, iniciando las actuaciones correspondientes a su ejecución de conformidad con las bases establecidas en el anexo II, quedando recogidos los Cursos ofertados en el anexo III.

Segundo.—La implantación progresiva de los Itinerarios así como la ejecución del programa formativo se acomodará, en todo caso, a las disposiciones presupuestarias, así como a la aprobación y prescripciones definitivas que, en su caso, pueda establecer la Consejería de Hacienda y Sector Público.

Tercero.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Oviedo, a 26 de febrero de 2014.—El Director del I.A.A.P. “Adolfo Posada”. P.D. Resolución de 25 de julio de 2012 (BOPA 23-VIII-2012).—Cód. 2014-03813.

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