Resolución de 8 de mayo de 2014, del Servicio Público de Empleo, por la que se convocan ayudas individuales destinadas a personas desempleadas para facilitar la conciliación de la vida familiar con la participación en programas para el fomento del empleo y se autoriza el correspondiente gasto. [Cód. 2014-08530]

SecciónOtras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Antecedentes de hecho

En consonancia con la Estrategia Europea de Empleo, el Plan Nacional de Empleo y la Ley de Empleo, se persigue la consecución del pleno empleo, la mejora de la calidad y la productividad en el trabajo y el reforzamiento de la cohesión e inclusión social, todo ello manteniendo las políticas de inserción de las mujeres en el mercado de trabajo, la igualdad entre hombres y mujeres y la conciliación de la vida laboral y familiar, lo que se traduce, entre otras actuaciones, en la difusión de las ayudas que permitan alcanzar el objetivo mencionado y el establecimiento de medidas que favorezcan la conciliación de la vida laboral y familiar.

La conciliación de la vida familiar y laboral es una tarea que exige no sólo la concienciación de todos sino también poder contar con los recursos necesarios que apoyen a las familias en el momento que lo necesiten.

El Real Decreto 11/2001, de 12 de enero, traspasa a la Administración del Principado de Asturias, con efectos de 1 de enero de 2001, la gestión de las políticas de empleo que en nuestro ámbito territorial venía realizando el Instituto Nacional de Empleo, entre ellas el programa de fomento del empleo para la contratación de personas desempleadas para prestación de servicios o ejecución de obras de interés general y social, el programa de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo y posteriormente a través de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2003, se excluye del ámbito reservado al INEM la gestión de los programas experimentales en materia de empleo, al objeto de traspasar la gestión de los mismos a las Comunidades Autónomas con competencias transferidas.

Con el fin de facilitar la participación de las personas desempleadas en estos programas, se articulan estas ayudas destinadas al cuidado de los menores, de las personas mayores y de las personas discapacitadas que estén a cargo o convivan con los participantes en los programas, acciones o proyectos mencionados.

Debido a que el desarrollo de estos programas comprende dos ejercicios presupuestarios, resulta conveniente efectuar dos procedimientos de selección de solicitudes anuales para cubrir la totalidad de la duración temporal de las mismas.

La convocatoria de estas subvenciones tiene financiación adecuada y suficiente con cargo a la aplicación presupuestaria 85.01-322A-481.005 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias del año 2014.

La competencia para aprobar las convocatorias públicas de ayudas, así como de sus bases reguladoras corresponde al Presidente del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley del Principado de Asturias, 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo.

La autorización del gasto es competencia del Director Gerente del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR