DECRETO 215/2003, de 30 de octubre, por el que se delimita el entorno de protección de la iglesia de Santo Adriano de Tuñón.

SecciónI - Principado de Asturias
Emisorde Vegadeo
Rango de LeyDecreto

La iglesia de Santo Adriano de Tuñón fue declarada Monumento Histórico-Artístico el 4 de junio de 1931. Se trata de un templo cuyos orígenes se remontan a finales del siglo IX, bajo el reinado de Alfonso III de Asturias.

El Principado de Asturias acordó mediante Resolución de 10 de febrero de 1999 iniciar los trámites administrativos tendentes a delimitar un entorno de protección para esta iglesia prerrománica.

En virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, por tratarse de un procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural que se ha iniciado y no resuelto con anterioridad a la entrada en vigor de la referida Ley, se ha procedido a continuar con los trámites de acuerdo con lo dispuesto en dicha Ley 1/2001.

Y así, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 16.3 de la Ley del Principado de Asturias de Patrimonio Cultural, han emitido informe favorable la Universidad de Oviedo, la Real Academia de la Historia y la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando; asimismo, han emitido informe favorable la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias y el Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, en su reunión del día 22 de abril de 2003.

Por Resolución de 9 de julio de 2002 se abrió, asimismo, un período de información pública para que todas aquellas personas o entidades interesadas formulasen las alegaciones que estimasen oportunas.

La disposición transitoria segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, establece que la Comunidad Autónoma deberá delimitar los entornos de protección de los bienes inmuebles declarados de Interés Cultural con anterioridad a 1985.

Habida cuenta de que el artículo 10.18 de la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto...

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