Decreto 212/2012, de 17 de octubre, de sexta modificación del Decreto 48/97, de 24 de julio, por el que se regulan los órganos de administración y se definen los instrumentos para la gestión del Parque Natural de Redes. [Cód. 2012-19125]

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsorcio de Aguas
Rango de LeyDecreto

En la Ley del Principado de Asturias 8/96, de 27 de diciembre, declara Parque Natural de Redes, el territorio comprendido dentro de los limites administrativos de los Concejos de Caso y Sobrescobio, con lo que ello supone de ordenación de las actividades a desarrollar en el mismo, es una vía adecuada para lograr los objetivos de conservación deseados, otorgándole además una imagen de elevada calidad natural que, en general, aumenta su atractivo y supone un impulso hacia un modelo de desarrollo sostenible que conduce a una mejora de la calidad de vida de los habitantes del espacio.

Para alcanzar estos objetivos, el Parque Natural contará, como órganos de gestión, con una Junta y una Comisión Rectora. La Junta del Parque estará formada, como miembros de pleno derecho, por un tercio de representantes de la Administración del Principado, un tercio de representantes de las Corporaciones de los Ayuntamientos de Caso y Sobrescobio, incluidas las Parroquias Rurales constituidas en ambos términos municipales, y un tercio de representantes de los titulares de los derechos afectados y de las entidades, asociaciones y grupos que realicen actividades que en favor del Parque corresponde proteger, así como, en su caso, de la Administración del Estado y de la Universidad de Oviedo. La Comisión Rectora se integrará exclusivamente por representantes de la Administración del Principado de Asturias y de los Ayuntamientos de Caso y Sobrescobio.

La regulación de la representación de las diferentes Administraciones y entidades implicadas en los órganos de administración del Parque Natural de Redes se efectuó mediante Decreto 48/97 de 24 de julio de 1997, determinándose la composición de la Junta y la Comisión Rectora del Parque, decreto que ha experimentado sucesivas modificaciones para adaptarlo, en cada momento a la estructura de la Administración del Principado de Asturias.

La entrada en vigor del Decreto 4/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, y los posteriores decretos que establecen las estructuras orgánicas de las distintas Consejerías, hacen necesario adaptar la composición de los órganos colegiados de la administración del Parque a la nueva organización de la Administración del Principado de Asturias.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Agroganadería y Recursos Autóctonos, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en reunión de 17 de octubre de 2012,

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