Decreto 26/2014, de 12 de febrero, de primera modificación del Decreto 30/2005, de 21 de abril, por el que se determinan los topónimos oficiales del concejo de Carreño. [Cód. 2014-02891]
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Decreto |
Con posterioridad a la aprobación y publicación del Decreto 30/2005, de 21 de abril (BOPA de 6 de mayo de 2005), el Ayuntamiento concernido acordó solicitar, con fecha 10 de octubre de 2011, la introducción de ciertas modificaciones en algunos topónimos, las cuales fueron aceptadas por la Junta Asesora de Toponimia.
De conformidad con lo previsto en el artículo 2 del Decreto 98/2002, de 18 de julio, por el que se establece el procedimiento de recuperación y fijación de la toponimia asturiana, se inicia el trámite por resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte de fecha 26 de diciembre de 2013.
Según lo previsto en el artículo 3 del citado Decreto, la Junta Asesora de Toponimia emitió dictamen favorable sobre las modificaciones de topónimos en el Concejo de Carreño (25 de abril de 2012), que fue remitido al Ayuntamiento concernido.
Así pues, cumplimentados los trámites reglamentados en el sobredicho Decreto 98/2002, de 18 de julio, procede culminar el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en sus artículos 5.1 y 5.2.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 12 de febrero de 2014,
DISPONGO
Se modifican los siguientes topónimos oficiales del Concejo de Carreño:
Parroquia de Quimarán:
Código | Nombre oficial hasta ahora | Nombre oficial desde ahora | ||
---|---|---|---|---|
14 | 05 | 00 | Quimarán | Quimarán / Guimarán |
Código | Nombre oficial hasta ahora | Nombre oficial desde ahora | ||
---|---|---|---|---|
14 | 09 | 00 | El Pieloro | El Pieloro / Piedeloro |
Código | Nombre oficial hasta ahora | Nombre oficial desde ahora | ||
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14 | 10 | 10 | El Riistru | El Riestru |
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