Decreto de Alcaldía. Convocatoria de ayudas económicas extraordinarias para familias con hijos menores a su cargo. 

SecciónIV - Administración Local
Emisorde Ribadedeva
Rango de LeyDecreto

D. Jesús Manuel Bordás Vargas, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Ribadedeva, de conformidad con las atribuciones que me confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su nueva redacción dada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local y demás disposiciones concordantes en la materia,

Visto que el Ayuntamiento dentro de las medidas con motivo de la COVID-19 se pretende la puesta en marcha de una línea de ayudas en esta situación de emergencia como estímulo al consumo facilitando una prestación extraordinaria a familias del municipio con hijos a su cargo para que adquirieran bienes y servicios en empresas locales.

Vista la aprobación por el pleno municipal de Ribadedeva, de fecha 25 de marzo del presente, de las bases de las ayudas económicas extraordinarias para familias con hijos menores a su cargo.

Resuelvo:

— Aprobar la convocatoria de las citadas ayudas.

— Aprobar la apertura del plazo de presentación de solicitudes de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las bases en el BOPA.

— Aprobar el nombramiento del órgano instructor de las citadas ayudas que estará compuesto por: José Manuel Castro Andreu, Concejal de servicios sociales, juventud y festejos, José María del Barrio Canal, tesorero, Javier Escandón Blanco, jefe de servicios y Alexia Fuente Villa Trabajadora Social Mancomunidad Llanes-Ribadedeva.

— Aprobar el modelo de solicitud que se acompaña como anexo II.

Lo manda y firma en Sr. Alcalde, en Colombres con fecha de la firma electrónica incorporada al margen.

Diligencia: Se extiende para dar fe de haberse dictado la presente resolución de Alcaldía con la fecha de la firma electrónica incorporada al margen, de lo que como Secretario certifico.

Anexo I

BASES de la CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS EXTRAORDINARIAS PARA FAMILIAS CON HIJOS MENORES A SU CARGO

  1. —Fundamentación.

    El 14 de marzo de 2020 el Gobierno de España aprobó la declaración del estado de alarma en todo el territorio para afrontar la crisis sanitaria derivada de la COVID-19.

    Esta situación se prorrogó hasta las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020. Durante esas semanas la situación generada por la pandemia fue de una importantísima gravedad en los ámbitos sociales, sanitarios y económicos. Finalizado ese primer estado de alarma, y en la situación denominada de “nueva normalidad”, se adoptaron por parte de las diferentes administraciones una serie de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación, para permitir seguir haciendo frente y controlando la pandemia. La situación estuvo vigente hasta que el Gobierno aprobó el 25 de octubre de 2020 un nuevo estado de alarma en todo el territorio nacional para contener la propagación y los nuevos rebrotes que se fueron sucediendo. Su duración inicial era hasta las 00:00 horas del día 9...

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