Decreto 45/2019, de 21 de junio, por el que se fijan los precios públicos que regirán para los estudios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en la Universidad de Oviedo durante el curso 2019-2020. 

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El artículo 81.3.b) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, relativo a los ingresos por los precios públicos por servicios académicos y demás derechos que legalmente se establezcan, dispone que, en el caso de estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, los precios públicos y derechos los fijará la Comunidad Autónoma, dentro de los límites que establezca la Conferencia General de Política Universitaria, que estarán relacionados con los costes de prestación del servicio.

El texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos, aprobado por Decreto Legislativo 1/1998, de 11 de junio, dispone en su artículo 16.1 que el establecimiento, modificación o supresión de los precios públicos se realizarán mediante Decreto del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, a propuesta conjunta de la Consejería competente en materia de Hacienda y de la Consejería que en cada caso corresponda en razón de la materia.

En virtud de los principios de necesidad y eficacia, dando cumplimiento al mandato señalado en la citada norma, y por razones de interés general, se requiere la fijación de los precios públicos que regirán para los estudios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en la Universidad de Oviedo en el curso 2019-2020.

La oferta de titulaciones de la Universidad de Oviedo en el curso académico 2019-2020 para la obtención de títulos oficiales, consiste en enseñanzas oficiales de Grado, Máster Universitario y Doctorado, estructuradas en créditos ECTS (European Credit Transfer System), cuyas directrices generales regula el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.

La fijación de los precios objeto del presente decreto, de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales, se realiza conforme a los siguientes criterios básicos:

— Los niveles de experimentalidad en que se encuentren las referidas enseñanzas.

— Según se trate de primera, segunda, tercera, cuarta y sucesivas matrículas.

— Según se trate de enseñanzas de Máster Universitario que habiliten o sean condición necesaria para el ejercicio de profesiones reguladas en España o no lo sean.

Hay que señalar que, para las enseñanzas oficiales de Grado, Máster Universitario y Doctorado se recoge la posibilidad de matrícula en función del régimen de dedicación elegido por los alumnos. Con ello se trata de facilitar el acceso y la permanencia en la Universidad de estudiantes que desean compatibilizar sus estudios universitarios con una actividad laboral o conciliar los mismos con circunstancias familiares o personales que les impidan seguir el régimen de dedicación a tiempo completo. Así, se permite que los estudiantes en régimen de dedicación a tiempo parcial que inicien sus estudios puedan matricularse de un menor número de créditos que el que corresponde al curso completo.

En cuanto a los niveles de experimentalidad de estas enseñanzas, se fijan en tres para los Grados y en dos para los Másteres Universitarios.

El Gobierno del Principado de Asturias se comprometió, dentro del marco legal existente, a llevar a cabo una rebaja lineal del 25% de los precios públicos aprobados por Decreto 30/2018, de 27 de junio, por el que se fijan los precios públicos que regirán para los estudios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en la Universidad de Oviedo durante el curso 2018-2019.

La no aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2019, cuyo anteproyecto preveía una flexibilización de los grados de cobertura de los costes de prestación de los servicios, mantiene actualmente las limitaciones a la rebaja de los precios públicos, exigiendo la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el cumplimiento de unos grados mínimos de cobertura de los costes de prestación de los servicios conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial.

En el contexto actual, el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias plantea una rebaja hasta los niveles máximos permitidos por la normativa estatal. En concreto, se plantea la reducción en un veinticinco por ciento (25%) en los precios públicos de los estudios de grado para la primera matrícula y para la segunda matrícula la rebaja será del diez por ciento (10%) en los supuestos en que la normativa lo permita. Asimismo, y con carácter general, se reducen en un veinticinco por ciento (25%) los precios públicos de los estudios de máster universitario en primera y segunda matrícula, y en un veinte por ciento (20%) los precios especiales para enseñanzas oficiales de máster, siempre respetando las limitaciones legales existentes.

Además, en el curso 2019-20 se permitirá fraccionar los pagos de los precios establecidos para los Grados y Másteres Universitarios en cinco plazos, facilitando así que las familias puedan afrontar los pagos de manera menos onerosa.

Al igual que en el Decreto vigente en el curso anterior, se incluyen las exenciones para quienes obtengan premios extraordinarios de Bachillerato, para las familias numerosas, para personas discapacitadas, para las víctimas de actos terroristas y la exención por ser víctima de violencia de género.

Se mantienen las tarifas correspondientes a la prueba de evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a realizar en el curso 2019-2020, en el correspondiente anexo IV, si bien se introduce como novedad la exoneración del pago de la tarifa por necesidades económicas.

Por todo ello, a fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, generando un marco normativo claro, el objetivo que persigue esta disposición es fijar los precios públicos que regirán para los estudios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en la Universidad de Oviedo durante el curso 2019-2020. Dada la proximidad de la matrícula, el decreto prevé su entrada en vigor el día siguiente al de su publicación oficial.

El presente decreto ha promovido la participación ciudadana, habiéndose sometido al trámite de consulta pública previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y ha sido dado a conocer a la ciudadanía mediante su publicación en el Portal de Transparencia de conformidad con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Representa la regulación autonómica de los precios que han de regir los estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales y servicios de naturaleza académica, constituyendo el único instrumento para conseguir los fines de interés general perseguidos, conteniendo la regulación imprescindible para atender las necesidades que con él se pretenden cubrir.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Hacienda y Sector Público y del Consejero de Educación y Cultura, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 21 de junio de 2019,

DISPONGO

Artículo 1 —Objeto y ámbito de aplicación.
  1. El presente decreto tiene por objeto fijar los precios públicos que regirán para los estudios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en la Universidad de Oviedo durante el curso 2019-2020.

  2. La Universidad de Oviedo podrá diferenciar el precio del crédito cuando se trate de estudiantes extranjeros mayores de dieciocho años que no tengan la condición de residentes, excluidos los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y aquellos a quienes sea de aplicación el régimen comunitario, sin perjuicio del principio de reciprocidad.

  3. Asimismo, podrá diferenciar el precio en el caso de estudiantes visitantes, teniendo tal consideración quienes lo sean de conformidad con lo establecido en la normativa de la Universidad de Oviedo.

En ambos casos, el precio de la matrícula podrá cubrir hasta el 100% de los costes de las enseñanzas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR