Decreto 40/2017, de 28 de junio, por el que se aprueba el cambio de denominación del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática del Principado de Asturias por la de Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería Informática e Ingenieros Técnicos en Informática del Principado de Asturias. [Cód. 2017-07612]

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, dispone en su artículo 11.9 que en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución, en materia de corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales.

La Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, establece en su artículo 4.2 que el cambio de denominación de los Colegios Profesionales de la misma profesión será promovido por los propios Colegios, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos estatutos, y requerirá la aprobación por decreto, previa audiencia de los demás Colegios afectados.

El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática del Principado de Asturias, en la Junta General Extraordinaria celebrada el 6 de julio de 2016 acordó el cambio de su denominación por la de Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería Informática e Ingenieros Técnicos en Informática del Principado de Asturias.

La tramitación se adecua a los principios de buena regulación señalados en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la propuesta tiene por finalidad adecuar la denominación del colegio a la nueva regulación existente en materia de títulos universitarios.

De acuerdo con el principio de proporcionalidad la iniciativa contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad descrita y de forma coherente con el resto del ordenamiento jurídico respetando la seguridad jurídica. Se ha cumplido también el principio de trasparencia, sometiendo a la norma al acceso a la consulta, audiencia e información públicas.

Por ello, mediante el presente decreto, en cuya tramitación se ha dado audiencia a los demás Colegios afectados, a instancia del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática del Principado de Asturias se procede a aprobar el cambio de su...

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