Decreto 22/2018, de 30 de mayo, de desclasificación y exclusión parcial del Catálogo de Montes de Utilidad Pública del monte denominado “Curiscada y Busmayor”, del concejo de Tineo. 

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Principado de Asturias tiene competencias en materia de montes en el marco de la legislación básica del Estado, tal y como resulta de los artículos 11.1 de la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias y 148.1.8º de la Constitución.

El artículo 9.3 de la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal, posibilita la desclasificación parcial de un monte declarado de utilidad pública cuando desaparezcan las causas que motivaron su declaración o cuando surja una utilidad pública preferente que justifique otra nueva declaración.

Por Resolución de 10 de enero de 2018, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, se dispuso, de oficio, el inicio del procedimiento de exclusión parcial del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de una superficie de 28,76 ha pertenecientes al monte denominado “Curiscada y Busmayor”, núm. 331 del Catálogo de los de Utilidad Pública, por tratarse de terrenos calificados como suelo urbano y como suelo urbanizable, en el entorno del Polígono Industrial de “La Curiscada”, en el concejo de Tineo, con la apertura de un período de información pública en el Boletín Oficial del Principado de Asturias dirigido a quien pudiera resultar interesado en el procedimiento. A los mismos efectos se expuso la citada resolución en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Tineo, habiéndose recibido alegaciones formuladas por la entidad local, en los siguientes términos:

El Texto Refundido del Plan General vigente (en adelante TRPGO), aprobado definitivamente por acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la CUOTA en sesión de 01/03/2009 (BOPA de 28/04/2009), establece dos clasificaciones de suelo para uso industrial del área de “La Curiscada”:

• Suelo urbanizable para los terrenos afectados por los Planes Parciales ya aprobados del Sector 1 y del Sector 2A y para el Sector 3, cuyo Plan Parcial se aprobó con posterioridad a la aprobación definitiva del PGO.

• Suelo urbano para una bolsa de terrenos existente, rodeada por los sectores citados que linda por el Norte con el Sector 1, por el Sur con el Sector 2A, por el Este con el Sector 3 y por el Oeste con la carretera AS-216 La Espina-Tineo, perteneciente a la Red Comarcal del Principado.

En la redacción del TRPGO se utilizó el mapa topográfico del Principado a escala 1:5000 realizado en base a un vuelo fotogramétrico del año 1995, sin actualizar. La propia escala de esta cartografía base no permite definir con la suficiente precisión los límites y accidentes geográficos del área así clasificada y ello dificulta la traslación automática de esos...

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