Decreto 171/1999, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 48/1997, de 24 de julio, por el que se regulan los órganos de administración y se definen los instrumentos para la gestión del Parque Natural de Redes
Sección | I - Principado de Asturias |
Rango de Ley | Decreto |
Los artículos 3 y 6 del Decreto 48/1997, de 24 de julio, por el que se regulan los órganos de administración y se definen los instrumentos para la gestión del Parque Natural de Redes, quedan redactados de la siguiente forma:
Artículo 3. Composición de la Junta
1. La Junta está formada por:
a) Un tercio de representantes de la Administración del Principado de Asturias:
· El Consejero de Medio Ambiente, que actuará como Presidente.
· El Director General de Recursos Naturales y Protección Ambiental.
· El Jefe del Servicio de Conservación del Medio Natural.
· El Director del Instituto de Desarrollo Rural.
· El Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
· El Director General de Calidad Ambiental.
· El Director General de Cooperación Local.
· El Director General de Presupuestos y Patrimonio.
· El Director General de Cultura.
b) Un tercio de representantes de las Corporaciones de los Ayuntamientos de Caso y Sobrescobio:
· Los Alcaldes-Presidentes de las Corporaciones Municipales de Caso y Sobrescobio, que actuarán como Vicepresidente primero y segundo, de forma rotatoria cada dos años.
· Tres Concejales de la Corporación Municipal de Caso.
· Dos Concejales de la Corporación Municipal de Sobrescobio.
· Dos representantes de las parroquias rurales legalmente construidas, en el concejo de Caso, elegidos por las mismas y nombrados por el Presidente de la Junta.
· Un representante de las parroquias rurales legalmente construidas en el concejo de Sobrescobio, elegido por las mismas y nombrado por el Presidente de la Junta, o un tercer Concejal de la Corporación Municipal de Sobrescobio, en su defecto.
c) Un tercio de representantes de los titulares de los derechos afectados y de las entidades, asociaciones y grupos que realicen actividades en favor del Parque:
· Dos representantes de los titulares de los derechos afectados, uno de Caso y otro de Sobrescobio, a propuesta de la Corporación Municipal correspondiente y nombrados por el Presidente de la Junta.
· Un representante de las asociaciones conservacionistas o ecologistas, elegido por las mismas y nombrado por el Presidente de la Junta.
· Un representante del Consorcio para el Abastecimiento de Aguas y Saneamiento de la Zona Central de Asturias, nombrado por el Presidente de la Junta.
· Dos representantes de las asociaciones de hosteleros existentes en el Parque, uno de Caso y otro de Sobrescobio, elegidos por las mismas y...
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