Decreto 171/1999, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 48/1997, de 24 de julio, por el que se regulan los órganos de administración y se definen los instrumentos para la gestión del Parque Natural de Redes

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto
Artículo único

Los artículos 3 y 6 del Decreto 48/1997, de 24 de julio, por el que se regulan los órganos de administración y se definen los instrumentos para la gestión del Parque Natural de Redes, quedan redactados de la siguiente forma:

Artículo 3. Composición de la Junta

1. La Junta está formada por:

a) Un tercio de representantes de la Administración del Principado de Asturias:

· El Consejero de Medio Ambiente, que actuará como Presidente.

· El Director General de Recursos Naturales y Protección Ambiental.

· El Jefe del Servicio de Conservación del Medio Natural.

· El Director del Instituto de Desarrollo Rural.

· El Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

· El Director General de Calidad Ambiental.

· El Director General de Cooperación Local.

· El Director General de Presupuestos y Patrimonio.

· El Director General de Cultura.

b) Un tercio de representantes de las Corporaciones de los Ayuntamientos de Caso y Sobrescobio:

· Los Alcaldes-Presidentes de las Corporaciones Municipales de Caso y Sobrescobio, que actuarán como Vicepresidente primero y segundo, de forma rotatoria cada dos años.

· Tres Concejales de la Corporación Municipal de Caso.

· Dos Concejales de la Corporación Municipal de Sobrescobio.

· Dos representantes de las parroquias rurales legalmente construidas, en el concejo de Caso, elegidos por las mismas y nombrados por el Presidente de la Junta.

· Un representante de las parroquias rurales legalmente construidas en el concejo de Sobrescobio, elegido por las mismas y nombrado por el Presidente de la Junta, o un tercer Concejal de la Corporación Municipal de Sobrescobio, en su defecto.

c) Un tercio de representantes de los titulares de los derechos afectados y de las entidades, asociaciones y grupos que realicen actividades en favor del Parque:

· Dos representantes de los titulares de los derechos afectados, uno de Caso y otro de Sobrescobio, a propuesta de la Corporación Municipal correspondiente y nombrados por el Presidente de la Junta.

· Un representante de las asociaciones conservacionistas o ecologistas, elegido por las mismas y nombrado por el Presidente de la Junta.

· Un representante del Consorcio para el Abastecimiento de Aguas y Saneamiento de la Zona Central de Asturias, nombrado por el Presidente de la Junta.

· Dos representantes de las asociaciones de hosteleros existentes en el Parque, uno de Caso y otro de Sobrescobio, elegidos por las mismas y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR