Decreto 170/1999, de 9 de diciembre, cuarta modificación del Decreto 101/88, de 27 de octubre, por el que se regulan los organos de administración, los planes de uso y protección y los programas de gestión del Parque Natural de Somiedo.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
Artículo único

Los artículos 2 y 4 del Decreto 101/1988, de 27 de octubre, por el que se regulan los órganos de administración, los planes de uso y protección y los programas de gestión del Parque Natural de Somiedo, quedan redactados de la siguiente forma:

Artículo 2

1. La Junta del Parque estará compuesta por:

· El Consejero de Medio Ambiente, que actuará como Presidente.

· El Alcalde de Somiedo, que actuará como Vicepresidente.

· El Director General de Recursos Naturales y Protección Ambiental.

· El Director del Instituto de Desarrollo Rural.

· El Director General de Cultura.

· El Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

· El Director General de Cooperación Local.

· El Director General de Presupuestos y Patrimonio.

· Seis Concejales de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Somiedo.

· Siete representantes de los derechos afectados por el Parque.

· Un representante de las asociaciones conservacionistas y ecologistas de Asturias.

· Un representante de la Federación de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo del Principado de Asturias.

· Un representante de la Fundación para la Investigación Científica y Tecnológica.

· Un representante de la Universidad de Oviedo.

· Un representante de la Sociedad Regional de Turismo.

· Un representante de los hosteleros de Somiedo.

· Un representante de los ganaderos.

· El Director-Conservador del Parque Natural, que actuará de Secretario con voz pero sin voto.

2. Los representantes de las asociaciones conservacionistas y ecologistas, de montañeros, de hosteleros, de ganaderos y de los derechos afectados por el Parque serán nombrados por el Presidente de la Junta entre los elegidos por ellos.

Artículo 4

1. El Consejo Rector estará integrado por:

· El Consejero de Medio Ambiente, que actuará como Presidente.

· El Director General de Recursos Naturales y Protección Ambiental.

· El Director General de Cultura.

· El Director General de...

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