Decreto 152/2015, de 3 de septiembre, por el que se crea, por transformación, el centro integrado de formación profesional del deporte. [Cód. 2015-13962]

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas.

En su desarrollo se ha aprobado el Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los Centros integrados de formación profesional, que en su artículo 4 establece que la Administración educativa podrá transformar sus centros de formación profesional en Centros integrados, con la autorización de la Administración laboral. Asimismo dispone que se podrán autorizar nuevos Centros integrados de formación profesional de titularidad privada con el preceptivo informe de carácter vinculante de la Administración laboral.

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias establece en su artículo 18.1 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución Española y leyes orgánicas que lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30 y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

Por otro lado, el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, dispone en su artículo 45. 1 apartado b) que los centros integrados que cumplan los requisitos establecidos por la norma que determine los títulos y las enseñanzas mínimas de la modalidad o especialidad correspondiente, podrán impartir las enseñanzas deportivas de régimen especial.

En el ámbito del Principado, el Decreto 8/2015, de 11 de febrero, regula los centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma, y en su artículo 5 establece que los centros integrados públicos de formación profesional serán creados, transformados y suprimidos mediante decreto del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, a iniciativa de la Consejería competente en materia de educación o de la Consejería competente en materia de empleo. El expediente de creación, transformación o supresión incluirá preceptivamente un informe de carácter vinculante de la otra Consejería competente, quedando adscritos los centros, tanto en los casos de nueva creación como de transformación, a la Consejería que la haya promovido. En todo caso será preceptivo el previo informe del Consejo de Asturias de la Formación Profesional para la creación, transformación, autorización o revocación de la autorización de los centros integrados de formación profesional.

Por Decreto 83/2005, de 3 de agosto, se crea el Centro Público Escuela del Deporte del Principado de Asturias, que imparte enseñanzas deportivas de régimen especial contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Con el presente decreto se...

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