DECRETO 134/2005, de 15 de diciembre, por el que se crea el Colegio Público La Corredoria II.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorParroquia Rural de los Cabos
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias en su artículo 18.1 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que lo desarrollen.

La Constitución ha encomendado a los poderes públicos que promuevan las condiciones necesarias para que la educación pueda desarrollarse en condiciones de igualdad y sea capaz de responder a las aspiraciones educativas de la sociedad, extendiéndola a la totalidad de la población.

En este sentido, la demanda de escolarización detectada en el barrio de La Corredoria (una de las zonas de expansión urbanística de Oviedo) hace insuficiente la oferta actual de puestos escolares, siendo necesaria la creación de un nuevo centro que pueda satisfacer las demandas de este nuevo asentamiento de población.

Por su parte, el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, atribuye al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, en el ámbito de sus respectivas competencias, la creación y supresión de centros públicos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 15 de diciembre de 2005, D I S P O N G O

Artículo 1

Se crea el Colegio Público La Corredoria II.

Artículo 2

El Colegio Público La Corredoria II tendrá su sede en Oviedo, Molín el Toro, s/n, e impartirá las enseñanzas de Educación Infantil y de Primaria, con las unidades que anualmente sean autorizadas por el titular de la Consejería competente en materia de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR